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RECONOCIMIENTO DE FIRMAS

16/08/2002
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Decreto 101/2002, de 19 de julio, por el cual se regula el reconocimiento de firmas de las autoridades y funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en documentos que han de surtir efectos en el extranjero (BOCAIB de 15 de agosto de 2002).

El Decreto se dicta con el objetivo de facilitar y simplificar a los ciudadanos el proceso de legalización de documentos administrativos que deban surtir efectos en el extranjero, y en consonancia con la petición que, en este sentido, ha realizado el Ministerio de Asuntos Exteriores.

El Decreto 101/2002 destina una unidad en el ámbito de la Administración Autonómica para el reconocimiento de firmas de las autoridades y funcionarios de dicha Administración.

Los principios generales en que se basa el Decreto 101/2002 son los de eficacia y transparencia en el procedimiento administrativo, y en este sentido, asigna a un solo órgano el reconocimiento de firmas de las autoridades y funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Los documentos administrativos a los que se refiere el Decreto son los emitidos por órganos de la Administración autonómica de las Islas Baleares o entidad pública de ella dependiente, cuyo reconocimiento de firma no se rige por normativa específica propia.

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