PALMA 10 Nov. (EUROPA PRESS) -
La sala ha desestimado así el recurso contra la absolución, dictada después de que un jurado popular declarara al acusado no culpable, que presentó la Fiscalía apuntando a contradicciones en el veredicto y calificándolo de "manifiestamente irracional y arbitrario".
Argumenta la sala que el jurado se apoyó en las grabaciones para considerar como no probado que los coches que se ven fueran el mismo y, tampoco, que fuese precisamente el acusado quien conducía uno de esos vehículos que revelan las grabaciones, uno de los principales argumentados en contra del finalmente absuelto.
"Existe una explicación sucinta del Jurado que no puede tildarse de errónea ni arbitraria y que individualiza las pruebas que analiza, conduciéndole a la conclusión que adopta, fundamentada en una duda razonable y no despejada por la prueba de que [el acusado] hubiese matado a la víctima", apunta la sentencia del alto tribunal balear.
Los recursos apuntaban a contradicciones referidas a que el acusado reconociera el trayecto en vehículo por la zona del crimen y que el Jurado, sin embargo, no lo considerara probado. "Lo que el Jurado no considera probado es todo aquello que en la declaración del acusado es atribución policial al mismo, no sus manifestaciones espontáneas", explica el TSJIB.
Cabe recordar que el 12 de junio de este año el jurado popular declaró no culpable al acusado del crimen de Es Carnatge, quien se enfrentaba a 20 años de prisión por supuestamente asesinar a un hombre y luego prender fuego a la chabola en la que vivía para ocultar el crimen.
Los nueve miembros del jurado consideraron por cinco votos a cuatro que no existían pruebas suficientes para condenar al sospechoso. La Audiencia Provincial dictó días más tarde la sentencia absolutoria.



















