Diario del Derecho. Edición de 22/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/10/2025
 
 

Ayudas a la movilidad internacional del estudiantado con reconocimiento académico

22/10/2025
Compartir: 

Resolución REU/3798/2025, de 15 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras que rigen las ayudas a la movilidad internacional del estudiantado con reconocimiento académico y a la movilidad del estudiantado en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de docentes de las universidades catalanas (MOBINT-MIF) (DOGC de 21 de octubre de 2025) Texto completo.

RESOLUCIÓN REU/3798/2025, DE 15 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE RIGEN LAS AYUDAS A LA MOVILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTUDIANTADO CON RECONOCIMIENTO ACADÉMICO Y A LA MOVILIDAD DEL ESTUDIANTADO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE MEJORA E INNOVACIÓN EN LA FORMACIÓN DE DOCENTES DE LAS UNIVERSIDADES CATALANAS (MOBINT-MIF)

La Ley 7/2001, de 31 de mayo (DOGC núm. 3407, de 12.6.2001), crea la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR por sus siglas en catalán) como entidad de derecho público que ajusta su actuación al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y patrimonio propio para el cumplimiento de sus funciones.

Corresponde a la Agencia la ejecución de programas de becas, préstamos, subvenciones y otras actividades de fomento del estudio universitario, la investigación científica y técnica, y la innovación tecnológica en Cataluña.

La AGAUR está adscrita al Departamento de Investigación y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 115/2022, de 14 de junio Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Investigación y Universidades, y el Decreto 133/2024, de 11 de agosto Vínculo a legislación, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Es de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación ; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, y el reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación.

La propuesta de las presentes bases reguladoras se ha sometido a la consideración de los órganos administrativos, facultativos y preceptivos, de acuerdo con la normativa reguladora de subvenciones.

En la elaboración de esta disposición se han valorado las repercusiones y efectos de estas subvenciones y el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera del artículo 7 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.

El artículo 11 Vínculo a legislación de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, del Gobierno de la Generalitat de Catalunya, dispone que corresponde al Consejo de Dirección la aprobación de las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución. Estas facultades se han delegado en la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias o la persona que ocupe su presidencia, según el acuerdo del Consejo de Dirección de 28 de abril de 2022 (Resolución REU/1421/2022, de 10 de mayo, DOGC núm. 8668, de 16.5.2022).

Por todo ello,

Resuelvo:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras que rigen las ayudas a la movilidad internacional del estudiantado con reconocimiento académico y a la movilidad del estudiantado en el marco del Programa de Mejora e Innovación en la Formación de docentes de las universidades catalanas (MOBINT - MIF).

Disposición transitoria

Las subvenciones que se otorgaron de acuerdo con la resolución que ahora queda derogada seguirán rigiéndose por las bases que las regulaban.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Resolución REU/2820/2024, de 26 de julio, DOGC núm. 9217, de 1 de agosto de 2024.

Disposición final

Las presentes bases reguladoras entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ¿Qué ha dicho la Comisión de Venecia?; por Carlos Vidal Prado, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED
  2. Tribunal Supremo: El ámbito temporal de la responsabilidad civil en el delito de impago de pensiones se extiende desde el primer incumplimiento hasta la fecha del juicio oral
  3. Actualidad: El Supremo avala que en las causas judiciales se usen pruebas obtenidas de EncroChat
  4. Estudios y Comentarios: La innecesaria constitucionalización del aborto; por Ricardo de Lorenzo y Montero, doctor en Derecho y Académico Correspondiente de las Reales Academias Nacionales de Jurisprudencia y Legislación y de Medicina
  5. Tribunal Supremo: La prohibición de revisión en vía administrativa y contenciosa-administrativa de las liquidaciones vinculadas a delito no lesiona el derecho a la tutela judicial, pues se podrá controlar su conformidad a Derecho por la jurisdicción penal
  6. Actualidad: Bolaños descarta crear nuevas secciones en los juzgados de Barakaldo y Vitoria
  7. Actualidad: El TC ordena reabrir la investigación sobre la muerte de un joven en Portbou (Girona) en 2020
  8. Actualidad: El informe del CGPJ aprecia "insuficiencias y fallas" en la ley sobre el secreto profesional de los periodistas
  9. Actualidad: El Supremo tacha de "violencia económica" el impago de pensiones por hijo y prohíbe contarlas para obtener el paro
  10. Tribunal Supremo: La pérdida sobrevenida de objeto del proceso produce la terminación del mismo por concurrir una causa evidente que hace desaparecer su finalidad legítima

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana