TARRAGONA, 8 Oct. (EUROPA PRESS) -
Según el auto consultado por Europa Press este miércoles, el TSJC estima el recurso de la defensa del investigado, J. M. D., a quien la Audiencia de Tarragona había denegado la amnistía el 23 de octubre de 2024 --la Fiscalía también compartía ese parecer--, tomando en consideración que se desprende "claramente" la vinculación entre los hechos y la causa independentista.
El pasado noviembre la Audiencia de Tarragona le denegó este recurso al considerar que las conductas que se le atribuían no encontraban "encaje en el ámbito objetivo de la amnistía", a pesar de que se produjeron entre el 17 de diciembre de 2017 y el 27 de febrero de 2018, periodo que abarca la referida Ley 1/2024.
Así, el procesado estaba pendiente de juicio y afrontaba una condena de prisión de 18 años y el pago de una multa de 10.000 euros.
En su resolución, el alto tribunal catalán también acuerda el levantamiento de las medidas cautelares personales y patrimoniales que se hayan adoptado contra él, así como la "cancelación de cuantos registros, anotaciones y antecedentes, incluidos los policiales" se hayan llevado a cabo en virtud de los actos amnistiados.
"PRESUNTOS ATAQUES NO AUTORIZADOS"
El acusado estaba imputado por realizar "presuntos ataques no autorizados a los sistemas de páginas web de diversas empresas públicas y privadas y organismos públicos" contrarios al 1-O y difundir la información obtenida de las bases de datos mediante accesos no autorizados.
Además de la Audiencia de Tarragona, la Fiscalía también se opuso a la petición de amnistía al alegar que no se podía aplicar por los delitos que se le atribuían: 5 delitos de acceso no autorizado en concurso medial con 4 delitos continuados de descubrimiento y revelación de secretos, dos delitos de daños informáticos y obstaculización del servicio.