MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
Así lo acuerda en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Número 2, Luis Alfredo de Diego y Díez, que estima la demanda "al considerar contraria a derecho la resolución impugnada" por Rocha.
El juez, en consecuencia, la anula y ordena retrotraer las actuaciones al momento anterior a la resolución sancionadora para que "el TAD valore y tenga en cuenta las alegaciones y pruebas presentadas por el actor frente a la propuesta de resolución y vuelva a resolver con libertad de criterio, pero conforme a derecho".
El TAD impuso a Rocha en julio de 2024 dos años de inhabilitación para ocupar cargos en cualquier federación deportiva por una infracción muy grave de abuso de autoridad y 33.055 euros de multa.
Rocha recurrió la resolución al entender que era "contraria a derecho, basándose en motivos de nulidad tanto formales (vicios de procedimiento) como de fondo (inexistencia de la infracción y falta de culpabilidad) y, subsidiariamente, pedía una rebaja "sustancial" de las sanciones al considerarlas "desproporcionadas", según recoge la sentencia.
El juez señala que "el TAD no analizó las alegaciones" de Rocha "a la propuesta de resolución y las pruebas acompañadas, que fueron remitidas por conducto legal en tiempo y forma".