ORDEN 106/2025, DE 21 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL, POR LA QUE SE MODIFICA EL APARTADO 4 DEL ANEXO X-A DE LA ORDEN 219/2024, DE 23 DE DICIEMBRE, SOBRE NORMAS DE EJECUCIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2025.
El artículo 18 del Decreto 36/2006, de 4 de abril, sobre indemnizaciones por razón de servicio, regula entre estas, las denominadas asistencias por participación como personal colaborador en tribunales y comisiones de selección, contemplándose sus cuantías en el apartado 4 del anexo del citado decreto. Por su parte, la disposición adicional cuarta de la mencionada norma dispone que el importe de las indemnizaciones se actualizará a través de orden de la consejería competente en materia de hacienda.
La Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, en su artículo 54, dispone que, con carácter general, las indemnizaciones por razón del servicio seguirán percibiéndose en las cuantías vigentes en 2024. Sin embargo, -continúa diciendo el precepto- excepcionalmente, por orden de la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, y con la finalidad de paliar los efectos de la inflación, podrán revisarse los importes de los conceptos previstos en el citado Decreto 36/2006, de 4 de abril .
Actualmente, las cuantías de las indemnizaciones por razón del servicio para el ejercicio 2025 se contemplan en el anexo X-A de la Orden 219/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025; y, concretamente, los importes concernientes a las asistencias por participación como personal colaborador en tribunales y comisiones de selección, dentro del apartado 4 del citado anexo.
La evolución de la inflación, que sigue manteniéndose en niveles elevados, aconseja revisar los importes de las asistencias por participación como personal colaborador en tribunales y comisiones siendo este, precisamente, el objeto material de la presente orden.
Por todo ello, resulta procedente al amparo de la habilitación prevista, tanto en la disposición adicional cuarta del Decreto 36/2006, de 4 de abril , como en el artículo 54 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, revisar los importes correspondientes a las a las asistencias por participación como personal colaborador en tribunales y comisiones de selección por medio de una orden del titular de la consejería competente en materia de hacienda que, en este caso, será modificatoria del apartado 4 del anexo X-A de la Orden 219/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.
Finalmente, la presente orden se dicta también de conformidad con el artículo 23.2.c) y 36.1
de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación del apartado 4 del anexo X-A de la Orden 219/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.
Se modifica el apartado 4 del anexo X-A de la Orden 219/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, que queda redactado en los siguientes términos:
4. Asistencias por participación como personal colaborador en Tribunales y Comisiones de Selección.
Tabla omitida.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.