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Subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social

28/07/2025
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Orden EMT/126/2025, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social (DOGC de 24 de julio de 2025) Texto completo.

ORDEN EMT/126/2025, DE 23 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACCIONES PARA LA MEJORA DEL EMPLEO Y LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS COLECTIVOS EN RIESGO O SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL

Las empresas de inserción constituyen un instrumento esencial para la inclusión sociolaboral de personas en situación de vulnerabilidad. A través de su actividad económica, estas empresas no solo generan empleo, sino que también proporcionan un entorno de formación y acompañamiento que facilita la transición hacia el mercado laboral ordinario. En este sentido, se convierten en un elemento clave para combatir la exclusión social y promover una sociedad más equitativa y cohesionada.

Sin embargo, las empresas de inserción afrontan dificultades para garantizar la viabilidad de sus proyectos, dado que operan con personas que requieren apoyo y procesos específicos de adaptación al mundo laboral. Esta realidad hace indispensable que la Administración pública implemente mecanismos de apoyo que permitan reforzar su sostenibilidad y consolidación, asegurando que puedan cumplir su función.

El 19 de octubre de 2017 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la Orden TSF/235/2017, de 13 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social (DOGC núm. 7477, de 19.10.2017), que fue modificada parcialmente por la Orden EMT/75/2022, de 21 de abril (DOGC núm. 8655, de 27.4.2022).

Este instrumento de fomento ha demostrado su valía e imprescindibilidad para impulsar el papel de las empresas de inserción como recurso puente para facilitar el acceso a personas con dificultades de inserción sociolaboral y contribuir a desarrollar sus aptitudes profesionales facilitando el acceso al mercado laboral ordinario.

La experiencia obtenida a lo largo de los años desde la publicación de la primera convocatoria en el marco de la Orden TSF/235/2017, de 13 de octubre, y la evidencia de que las empresas de inserción están adquiriendo una gran importancia, lo que se refleja en el incremento de empresas registradas, indican que es necesario continuar promoviendo y reforzando la función que estas empresas desarrollan.

Asimismo, es necesario realizar algunos ajustes en estas subvenciones para alinearlas con las nuevas necesidades, adecuarlas a la normativa que se ha aprobado desde 2017 en el ámbito de Cataluña, del Estado y de la Unión Europea, y simplificar su procedimiento de tramitación.

La presente Orden prevé dos líneas:

Línea 1, correspondiente a las subvenciones para el acompañamiento de las personas en riesgo de exclusión o situación de exclusión social por parte de las empresas de inserción.

Línea 2, correspondiente a las subvenciones destinadas a la contratación o el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas en riesgo de exclusión o situación de exclusión social.

Dado el Decreto 133/2024, de 11 de agosto Vínculo a legislación, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 9225, de 12.8.2024);

Dado el Decreto 392/2024, de 15 de octubre Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo (DOGC núm. 9269, de 16.10.2024);

Dado el Real decreto 818/2021, de 28 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo (BOE núm. 233, de 29.9.2021);

Dada la Decisión de la Comisión, de 20 de diciembre Vínculo a legislación de 2011, relativa a la aplicación de las disposiciones del artículo 106, apartado 2, del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas estatales en forma de compensación por servicio público concedidas a algunas empresas encargadas de la gestión de servicios de interés económico general (DOUE-L núm. 7, de 11.1.2012);

Dada la Ley 27/2002, de 20 de diciembre Vínculo a legislación, sobre medidas legislativas para regular las empresas de inserción sociolaboral (DOGC núm. 3793 de 3.1.2003);

Dada la Ley 44/2007, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE núm. 299, de 14.12.2007);

Dado lo establecido en el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación (DOGC núm. 3791, de 31.12.2002); los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación (BOE núm. 176, de 25.7.2006);

Dada la Ley 19/2014, de 29 de diciembre Vínculo a legislación, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (DOGC núm. 6780, de 31.12.2014), y el Reglamento que la desarrolla, de forma parcial, aprobado por el Decreto 8/2021, de 9 de febrero Vínculo a legislación, sobre la transparencia y el derecho de acceso a la información pública (DOGC núm. 8339, de 11.2.2021);

Dadas la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo Vínculo a legislación, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE núm. 71, de 23.3.2007), y la Ley 17/2015, de 21 de julio Vínculo a legislación, de igualdad efectiva de mujeres y hombres (DOGC núm. 6919, de 23.7.2015);

Dada la Ley 19/2020, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, de igualdad de trato y no discriminación (DOGC núm. 8307, de 31.12.2020);

Dada la Ley 11/2014, de 10 de octubre Vínculo a legislación, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia (DOGC núm. 6730, de 17.10.2014);

Dada la Ley 13/2014, de 30 de octubre Vínculo a legislación, de accesibilidad (BOE núm. 6742, de 4.11.2014);

Dado el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba su texto íntegro (DOGC núm. 7152, de 30.6.2016);

Dada la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio Vínculo a legislación, sobre las formas de justificación de subvenciones (DOGC núm. 6890, de 11.6.2015);

Dada la Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo Plus durante el periodo de programación 2021-2027 (BOE núm. 38, de 13.2.2024);

Visto que esta actuación está prevista en el Plan estratégico de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo y que se considera que contribuye a la consecución del objetivo PES25-28_EMT0007, ya que mejora la empleabilidad para las personas, en especial aquellas en situación de paro de larga duración, riesgo de exclusión, discapacidad, discapacidad, jóvenes y mujeres mediante la ejecución de las políticas activas de ocupación;

Dada la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea Vínculo a legislación ;

Dada la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de conformidad con la Decisión 2010/48/CE del Consejo de la Unión Europea;

Dado el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027 (DOUE-L núm. 433, de 22.12.2020);

Dado el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DOUE núm. 231, de 30.6.2021);

Dado el Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) núm. 1296/2013 (DOUE núm. 231, de 30.6.2021);

También es de aplicación toda aquella otra regulación del periodo 2021-2027 establecida en el marco del programa FSE+ Cataluña 2021-2027 (CCI 2021ES05SFPR011) aprobado mediante la Decisión de ejecución de la Comisión Europea de 15 de diciembre de 2022.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras generales y específicas para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social, indicadas a continuación:

Anexo 1. Bases reguladoras generales, aplicables a todas las subvenciones.

Anexo 2. Bases específicas de la línea 1, correspondiente a las subvenciones para el acompañamiento de las personas en riesgo de exclusión o situación de exclusión social por parte de las empresas de inserción.

Anexo 3. Bases específicas de la línea 2, correspondiente a las subvenciones destinadas a la contratación o el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas en riesgo de exclusión o situación de exclusión social.

Anexo 4. Principios éticos y reglas de conducta a los que deben adecuarse las personas beneficiarias, de acuerdo con el artículo 55.2 Vínculo a legislación de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Disposición transitoria

Las subvenciones otorgadas de acuerdo con las disposiciones que la presente Orden deroga se seguirán rigiendo por las bases reguladoras a cuyo amparo se otorgaron.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden TSF/235/2017, de 13 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción laboral de los colectivos en riesgo o situación de exclusión social.

Se deroga la Orden EMT/75/2022, de 21 de abril, de modificación de las bases de la Orden TSF/235/2017, de 13 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas de inserción para la realización de acciones para la mejora del empleo y la inserción.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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