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Subvenciones de concesión directa en el Sector Público

15/07/2025
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Orden HGS/41/2025, de 10 de julio, por la que se modifica el anexo de la Orden HGS/63/2024, de 4 de septiembre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 14 de julio de 2025) Texto completo.

ORDEN HGS/41/2025, DE 10 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDEN HGS/63/2024, DE 4 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS LÍNEAS DE SUBVENCIONES DE CONCESIÓN DIRECTA EN EL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

La Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación tiene en proceso de elaboración un borrador de Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas objeto contribuir a financiar los costes del personal necesarios para atender las funciones reservadas al personal alguacil, o al personal de los ayuntamientos con funciones equivalentes, en los municipios de La Rioja con población igual o inferior a 1.000 habitantes.

El Decreto 14/2006, de 16 de febrero Vínculo a legislación, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, establece en su artículo 28.quater.1 que las líneas para la concesión directa de subvenciones deberán estar regulados en una Orden de la Consejería con competencias en materia de Hacienda. En cumplimiento de dicho precepto, se dictó la Orden HGS/63/2024, de 4 de septiembre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. La creación de cualquier subvención de concesión directa requiere incluir con carácter previo esa línea de ayudas entre las contempladas en la citada Orden.

Tomando en consideración todo lo anteriormente expuesto, y en virtud del artículo 8.uno.2 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio Vínculo a legislación, y de conformidad con el 51/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo Vínculo a legislación, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, una vez emitidos los informes preceptivos, apruebo la siguiente,

ORDEN

Artículo único. Modificación del anexo de la Orden HGS/63/2024, de 4 de septiembre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Se modifica el anexo de la Orden HGS/63/2024, de 4 de septiembre, por la que se aprueban las líneas de subvenciones de concesión directa en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el que se añade la línea de subvención incluida en el anexo I a esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

ANEXO I

(..)

Consejería de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación

27. Subvenciones para financiar los costes de personal alguacil o personal equivalente de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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