SANTIAGO DE COMPOSTELA, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -
Así, el alto tribunal da la razón a la CIG y a la Seguridad Social, que denunciaron en su momento un fraude masivo en la contratación. De hecho, un juzgado de lo Social de Lugo ya declaró en 2020 la existencia de relación laboral entre Novafrigsa y los más de 300 socios de Servicarne que trabajaban para la empresa entre 2013 y 2017, después de que la Inspección de Trabajo (en el marco de una campaña de inspecciones por todo el territorio nacional a empresas a las que Servicarne daba servicio) emitiese una resolución en abril de 2019 descalificando a esta sociedad como cooperativa de trabajo asociado.
Las empresas implicadas presentaron recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que lo estimó y revocó la sentencia de instancia; y la Seguridad Social y la CIG acudieron al Tribunal Supremo, ante la existencia de resoluciones contradictorias con esa decisión.
El Supremo ha estimado ahora los recursos de casación y señala en su resolución, del 28 de mayo pasado, que realmente los socios de Servicarne tenían relación laboral con Novafrigsa, toda vez que la cooperativa no dispone de las infraestructuras materiales ni los recursos para prestar los servicios recogidos en su objeto social. "Servicarne es una cooperativa de trabajo asociado ficticia y puramente aparente", expone el TS.
Al respecto, añade que es la empresa principal (en este caso, Novafrigsa), la encargada de facilitar a los socios todo el material que necesitan, del mismo modo que hace con sus propios trabajadores.
Por ello, al igual que en su momento hizo el juzgado de lo Social de Lugo, concluye que Servicarne se constituyó de manera aparente como una cooperativa, pero usa esa configuración legal "en fraude de ley" para actuar en el mercado como una entidad "destinada exclusivamente a intermediación de mano de obra".
VALORACIÓN DE LA CIG
El sindicato CIG ha valorado que el Supremo "reconoce el fraude masivo" en la contratación de personal autónomo en Novafrigsa y la "explotación" de los trabajadores, y ha trasladado su deseo de que, tras la resolución del alto tribunal, "se resuelvan en cadena los restantes recursos interpuestos" por empleados de otras empresas que también trabajaban como falsos autónomos para Servicarne.
Según ha recordado el sindicato, la sentencia del juzgado de Lugo no solo reconoció la relación laboral, sino que obligaba a Novafrigsa a pagar las cuotas de la Seguridad Social entre 2013 y 2017 y a reconocer los derechos individuales de estos trabajadores.
La decisión del Supremo debe, para la CIG, "cerrar el ciclo" de recursos interpuestos por las empresas y los trabajadores podrán reclamar las cuotas que pagaron indebidamente a la Seguridad Social como autónomos. Además, la central nacionalista ha recordado que, según el acta de liquidación elaborada por la Inspección de Trabajo, Novafrigsa habría dejado de pagar a la Seguridad Social más de 4,7 millones de euros por estos trabajadores.
Finalmente, ha recordado que durante años el personal de Novafrigsa y otros trabajadores de mataderos y salas de despiece de toda Galicia han estado trabajando como falsos autónomos y siendo explotados: cotizando por la base mínima en el RETA, con jornadas y turnos sin hora definida de salida, sin derecho a descansos ni vacaciones retribuidas o sin cobrar las horas extraordinarias.
Los trabajadores de Novafrigsa y de otras empresa que operaban de este modo, como Frigolouro o el Grupo Sada, ya fueron dados de alta de oficio en el Régimen General de la Seguridad Social en noviembre de 2017, a instancias de la Inspección de Trabajo.