RESOLUCIÓN DE 22 DE MAYO DE 2025, DE LA SUBSECRETARÍA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN INT/649/2010, DE 12 DE MARZO, POR LA QUE SE CREAN VARIAS SEDES ELECTRÓNICAS EN EL MINISTERIO DEL INTERIOR.
La Orden INT/649/2010, de 12 de marzo , por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior, regula en su artículo 3 la sede electrónica central del Departamento.
La incorporación de nuevos avances tecnológicos permite ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía, dando cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre
, de Régimen Jurídico del Sector Público, para lo cual se hace necesaria la actualización, evolución y sustitución de los sistemas que dan soporte a los procedimientos administrativos del Departamento. Esta evolución implica una modificación en la dirección de acceso a la sede electrónica central.
Además, el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero , por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, atribuye a la Dirección General de Política Interior, además de las funciones que ostentaba en materia electoral, las de carácter transversal atribuidas a las subdirecciones generales encargadas de los servicios comunes y que hasta entonces dependían directamente de la persona titular de la Subsecretaría, a excepción de las de índole presupuestaria y las relativas a tecnologías de la información y comunicación.
En uso de la habilitación contemplada en la disposición final primera de la citada Orden INT/649/2010, de 12 de marzo , resuelvo:
Único. Modificación de la Orden INT/649/2010, de 12 de marzo , por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior.
La Orden INT/649/2010, de 12 de marzo , por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior, queda modificada de la siguiente manera:
Uno. El párrafo b) del artículo 3.1 queda redactado en los siguientes términos:
“b) La dirección electrónica de referencia de la SECMIR será https://sede.interior.gob.es.”
Dos. El párrafo d) del artículo 3.1 queda redactado de la siguiente manera:
“d) La gestión tecnológica de la SECMIR será competencia de la persona titular de la Subsecretaría del Interior, que la ejercerá a través de la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad.”
Tres. El apartado f) queda redactado en los términos siguientes:
“f) La gestión de los contenidos comunes de la SECMIR y la coordinación con los centros directivos del Departamento corresponderá a la Dirección General de Política Interior, a través de la Subdirección General de Innovación, Calidad e Inspección de los Servicios.”
Disposición transitoria única. Dirección de acceso hasta la puesta en marcha de la nueva dirección electrónica.
La dirección de acceso https://sede.mir.gob.es seguirá operativa hasta que la puesta en marcha de la nueva dirección electrónica sea plenamente efectiva para todos los procedimientos administrativos accesibles a través de la misma.
Disposición final única. Efectos.
Esta resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.