BARCELONA 3 Abr. (EUROPA PRESS) -
El TSJC revoca el auto en el que una jueza de Barcelona autorizaba que se aplicara la eutanasia a un hombre, de 54 años, tras rechazar el recurso presentado por su padre, que se oponía a esta decisión, al considerar que no estaba legitimado para ello, y devuelve la causa al juzgado.
Sin embargo, la Sección 3 de la Sala Contencioso Administrativa del TSJC determina que el hecho de que el padre no fuera parte del procedimiento administrativo anterior no condiciona el hecho de que pueda considerársele "legitimado activamente en esta vía judicial".
Añade que no se puede descartar "de manera genérica e indiscriminada la legitimación judicial de los padres como ejercitantes de un interés legítimo" como es que sus hijos permanezcan con vida y que, dependiendo del contexto, incluso puede considerarse una obligación legal.
Además, argumenta que el padre no discute el acierto o no de la decisión de su hijo, sino que cuestiona el procedimiento administrativo reglado sobre la correcta aprobación por parte de la Administración de la "capacidad, entendimiento y voluntad libre y consciente" de su hijo para decidir sobre su eutanasia.