Diario del Derecho. Edición de 13/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 14/01/2025
 
 

Audiencia de Lugo

La Audiencia de Lugo condena a 37 años de cárcel a un hombre por agredir y violar durante 16 años a tres menores

14/01/2025
Compartir: 

La Audiencia Provincial de Lugo acaba de condenar a un hombre de 65 años a un total de 37 años de prisión por varios delitos de agresión sexual a tres menores, dos de ellas nietas de su pareja sentimental y una familiar de ambas, cuando estas tenían entre 6 y 16 años de edad.

LUGO, 13 (EUROPA PRESS)

El tribunal también le ha impuesto 25 años de libertad vigilada, además de la consabida inhabilitación especial y la privación de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento. También tendrá que indemnizar a dos de las víctimas con 15.000 euros a cada una y a la otra con 5.000.

Las agresiones se produjeron desde 2005 hasta 2021, ya que las menores convivieron en varias ocasiones entre esas fechas en casa de su abuela, donde residía también el hombre. La situación de abuso de las niñas llegó a su fin cuando la mayor contaba 16 años y se lo contó a su madre, que inmediatamente interpuso la denuncia.

La sentencia considera probado que el hombre, al que reconocían en calidad de abuelo, comenzó con tocamientos cuando se encontraban dormidas, avanzado en el abuso hasta llegar a suministrarles en algún caso pastillas para que no ofrecieran resistencia y posteriormente las violaba, un comportamiento que repitió de forma periódica en dicho periodo de tiempo.

El hombre llegó a meterse en la cama con ellas, con la excusa de ver películas, y reconoce la sentencia que las niñas recibieron contraprestaciones a cambio de permitir esos abusos, además de coaccionarlas para mantenerlo en secreto.

CREDIBILIDAD DE LAS VÍCTIMAS

El acusado se defendió en el juicio alegando que las niñas presentaron la denuncia porque él se negó a comprarle a una de ellas un teléfono móvil y aseguró que no puede consumar las relaciones sexuales porque tiene una enfermedad que se lo impide.

El tribunal creyó a las víctimas alegando que defendieron en todo momento sus versiones, que fueron diferentes en cada caso y sostenidas por las pruebas, "sirviendo para reafirmar sus declaraciones, el hecho de que no todas sean iguales, sino que están sembradas de diferencias que las hacen singulares", dice.

También quedó probado el hecho de que en la casa había cámaras de vídeo, concretamente en la habitación ocupada por las menores y en el baño, "sin que haya dado explicación de ningún tipo sobre la finalidad de su colocación, que tan solo pueden tener una connotación de tipo sexual".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana