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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 8264-2024

12/12/2024
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 8264-2024, en relación con los artículos 5.3 y 9.1 de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra, por posible vulneración de los arts. 23.2 y 14 CE (BOE de 12 de diciembre de 2024). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 8264-2024, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 5.3 Y 9.1 DE LA LEY FORAL 19/2022, DE 1 DE JULIO, DE MEDIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN DERIVADOS DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA REDUCIR LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO, EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE NAVARRA, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTS. 23.2 Y 14 CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 3 de diciembre de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 8264-2024 planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el procedimiento ordinario 109-2023, en relación con los artículos 5.3 Vínculo a legislación y 9.1 Vínculo a legislación de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre Vínculo a legislación, de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra, por posible vulneración de los artículos 23.2 Vínculo a legislación y 14 Vínculo a legislación CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario 109-2023, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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