RESOLUCIÓN DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 2024, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 8 DE ABRIL DE 2021, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 21 DE ENERO DE 2021, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE DETERMINA LA ESTRUCTURA, COMPOSICIÓN Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN Y LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS.
Con fecha 31 de agosto de 2024 se ha procedido al cese del Adjunto al Rector para la Reforma Estatutaria, Coordinación Normativa y Desarrollo de la Negociación Colectiva. Habida cuenta de las competencias y funciones asignadas a dicho cargo, es necesario modificar ahora cada una de ellas, acomodando así la Resolución de 8 de abril de 2021, por la que se modifica, a su vez, la Resolución de 21 de enero de 2021, a esta nueva situación.
En consecuencia, la citada Resolución se modifica en los siguientes términos:
- Se suprime el artículo 16.bis).
- El artículo 1.2 queda redactado de la siguiente manera:
1.2. Asimismo, formarán parte del Consejo de Dirección la Jefa de Gabinete del Rector y el Asesor del Rector para Ciencias de la Salud.
- El artículo 3 queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 3. Secretaria General.
1. Corresponden a la Secretaria General, además de las funciones legales y estatutarias previstas en el artículo 70 de los Estatutos, las siguientes:
a) Formar parte del Consejo Social.
b) Formar parte y actuar como secretaria de la Comisión Permanente y la Comisión de Reglamentos del Consejo de Gobierno.
c) Formar parte y actuar como secretaria de la Junta Consultiva Académica.
d) Presidir la Comisión de Archivos de la Universidad.
e) Coordinar la elaboración y publicación del Boletín Oficial de la Universidad de Zaragoza.
2. La Secretaria General asumirá, también, las siguientes competencias:
a) La presidencia de la Mesa General de Negociación de la Universidad de Zaragoza.
b) El estudio, propuesta y negociación de la reforma estatutaria.
c) La coordinación y dirección de la actividad normativa y de los servicios jurídicos de la Universidad.
d) El apoyo y colaboración al Rector en las relaciones de la Universidad con las instituciones, organismos y otras entidades públicas o privadas de naturaleza representativa, institucional y/o administrativa.
e) El apoyo y colaboración a la Gerencia y al Vicerrector de Profesorado en materia de política de personal y negociación colectiva.
- El artículo 4 queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 4. Gerente.
1. Corresponden al Gerente, además de las funciones que señala el artículo 71 de los Estatutos, las siguientes:
a) Formar parte del Consejo Social.
b) Proponer el nombramiento de los vicegerentes.
c) Presidir la Mesa Sectorial del Personal de Administración y Servicios.
d) Coordinar el Sistema Integrado de Información Universitaria.
e) Coordinar y gestionar la Administración electrónica de la Universidad, en colaboración con la Secretaría General.
2. El Gerente ejercerá por delegación las funciones que a continuación se relacionan:
a) La dirección del personal de administración y servicios.
b) Las que, en materia de contratación administrativa, el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación y, especialmente, la adjudicación, modificación, interpretación y resolución de los contratos administrativos.
c) La ordenación y autorización del gasto conforme al presupuesto de la Universidad.
d) La presidencia del Comité de Seguridad y Salud.
e) La propuesta, elaboración y negociación de los distintos instrumentos de negociación colectiva de la universidad.
f) La negociación del Convenio Colectivo o Acuerdo-Pacto del personal de administración y servicios.
3. Del Gerente dependerá la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y las competencias sobre el Servicio de Informática y Comunicaciones de la Universidad de Zaragoza (SICUZ). En este último caso, mediante la creación de una nueva vicegerencia.