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Instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional

22/08/2024
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Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2024-2025 (BOPA de 21 de agosto de 2024). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 8 DE AGOSTO DE 2024, DE LA VICECONSEJERÍA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO, LA DIRECCIÓN Y LA COORDINACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ACTUACIÓN DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA Y EL PLAN DE FORMACIÓN PARA EL PERFECCIONAMIENTO Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL, PARA EL CURSO ESCOLAR 2024-2025

La Orden de 26 de julio Vínculo a legislación de 2023, por la que se establece el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía para el período 2023-2027, establece en sus artículos 4 y 5 los objetivos generales vinculados con las líneas y objetivos estratégicos que determinan y articulan las actuaciones y acciones a desarrollar en los tres ejes de trabajo: Supervisión y control, evaluación y asesoramiento e información.

El propio carácter general del Plan de Actuación para el cuatrienio 2023-2027 requiere de su concreción y adecuada planificación como exigencia profesional y técnica, implicando la definición de las tareas a desarrollar desde los principios esenciales de coherencia, eficacia y eficiencia en todas las actuaciones inspectoras contextualizada a un curso escolar concreto.

La finalidad de la Inspección Educativa de Andalucía es asegurar el cumplimiento de las leyes, mediante la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje dirigiendo su actuación hacia la mejora, a través de los principios de equidad y calidad, con el fin último de contribuir a la consecución de la excelencia del sistema educativo.

Por todo ello, y en virtud de lo establecido en el artículo 28 de la Orden de 13 de julio de 2007, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento de la Inspección Educativa de Andalucía, esta Viceconsejería en el uso de sus competencias

HA RESUELTO

Primero. Aprobar las Instrucciones para el desarrollo, la dirección y coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan Anual de Perfeccionamiento y Actualización Profesional para el curso académico 2024-2025, que se incluyen como Anexo I.

Segundo. Disponer la publicación de las mismas, para el conocimiento de los centros docentes públicos, concertados y privados, servicios, programas y actividades del sistema educativo de Andalucía, así como el resto de elementos y aspectos del mismo, y demás sectores de la comunidad educativa sobre los que tendrá incidencia su aplicación, a tenor de lo establecido en el artículo 147.2 Vínculo a legislación de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 98.5 Vínculo a legislación de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y 2.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio Vínculo a legislación, de Transparencia Pública de Andalucía.

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