Diario del Derecho. Edición de 25/08/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 07/08/2024
 
 

Juzgado de lo Social número 4

Condenan al INSS a indemnizar a un jubilado de Santander al reconocerle el complemento de maternidad

07/08/2024
Compartir: 

El Juzgado de lo Social número 4 de Santander ha reconocido a un jubilado de Santander el complemento de maternidad sobre su pensión y, además, ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General a indemnizar al hombre con 1.800 euros, por vulneración de sus derechos fundamentales, en concreto a la igualdad y no discriminación por razón de sexo.

SANTANDER, 3 (EUROPA PRESS)

Así se desprende de una sentencia del magistrado titular de ese órgano, consultada por esta agencia, en la que estima la demanda interpuesta por el hombre en marzo de 2023 y ampliada en junio de este año, solicitando primero el complemento a la prestación que percibe desde 2016 y después, la indemnización.

En el juicio, celebrado el pasado julio, la administración alegó carencia sobrevenida de objeto respecto del reconocimiento del complemento y se opuso a la indemnización, pero la justicia ha dado la razón al hombre y, según su abogado, percibirá casi 11.000 euros, por el complemento -que tiene carácter retroactivo y que conlleva una revalorización de la pensión del 5% por ser padre de dos hijos- y la indemnización establecida siguiendo criterios del Supremo.

En Cantabria, el Tribunal Superior de Justicia ya condenó recientemente al INSS a abonar una indemnización complementaria a un pensionista de Santander que había solicitado su derecho a percibir el complemento de aportación demográfica, comúnmente conocido como complemento de maternidad, y que la Seguridad Social le había denegado en vía administrativa alegando prescripción.

El complemento de maternidad puede ser reclamado por aquellos jubilados que cumplan los requisitos: haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y ser padres de dos o más hijos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana