RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 4925-2024, CONTRA LOS APARTADOS ONCE, DOCE, QUINCE, DIECISIETE Y VEINTIDÓS BIS DEL ARTÍCULO ÚNICO DE LA LEY 17/2023, DE 27 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY 2/2016, DE 29 DE MARZO, DE IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO E IGUALDAD SOCIAL Y NO DISCRIMINACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID, EN CUANTO DAN REDACCIÓN A LOS ARTÍCULOS 13.3, 14.2.B), 23.1.F), 30.5 Y 47.D) DE ESTA LEY.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de julio de 2024, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4925-2024, promovido por el presidente del Gobierno, contra los apartados once, doce, quince, diecisiete y veintidós bis del artículo único de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/2016, de 29 de marzo , de identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación de la Comunidad de Madrid, en cuanto dan redacción a los artículos 13.3, 14.2.b), 23.1.f), 30.5 y 47.d) de esta ley. Y se hace constar que por el presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2
de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -26 de junio de 2024- para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el “Boletín Oficial del Estado” para los terceros.