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  • EDICIÓN DE 19/07/2024
 
 

Convalidación del Decreto Ley 6/2024

19/07/2024
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Resolución 160/XI del Pleno de Les Corts Valencianes, adoptada en la reunión de día 15 de julio de 2024, de convalidación del Decreto Ley 6/2024, de 28 de junio, del Consell, por el cual se prorrogan las reducciones temporales de tarifas en determinados servicios públicos de transporte que son competencia de la Generalitat, por un periodo de seis meses (RE número 22.798) (DOGV de 18 de julio de 2024) Texto completo.

RESOLUCIÓN 160/XI DEL PLENO DE LES CORTS VALENCIANES, ADOPTADA EN LA REUNIÓN DE DÍA 15 DE JULIO DE 2024, DE CONVALIDACIÓN DEL DECRETO LEY 6/2024, DE 28 DE JUNIO, DEL CONSELL, POR EL CUAL SE PRORROGAN LAS REDUCCIONES TEMPORALES DE TARIFAS EN DETERMINADOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE QUE SON COMPETENCIA DE LA GENERALITAT, POR UN PERIODO DE SEIS MESES (RE NÚMERO 22.798)

El Pleno de Les Corts Valencianes, en la reunión realizada el día 15 de julio de 2024, una vez debatido, de acuerdo con el artículo 141 del Reglamento de Les Corts Valencianes, el Decreto Ley 6/2024, de 28 de junio, del Consell, por el cual se prorrogan las reducciones temporales de tarifas en determinados servicios públicos de transporte que son competencia de la Generalitat, por un periodo de seis meses (RE número 22.798), ha adoptado la siguiente resolución, que, de acuerdo con el artículo 141.3.5.º del Reglamento de Les Corts Valencianes, también tiene que ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana:

RESOLUCIÓN

El Pleno de Les Corts Valencianes, de acuerdo con el que establecen los artículos 44.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, 18.d) y 58 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, del Consell, y el artículo 141 Vínculo a legislación del Reglamento de Las Cortes Valencianas, ha acordado validar el Decreto Ley 6/2024, de 28 de junio, del Consell, por el cual se prorrogan las reducciones temporales de tarifas en determinados servicios públicos de transporte que son competencia de la Generalitat, por un periodo de seis meses (RE número 22.798).

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