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Plan de Inspección de Traslados Transfronterizos de Residuos

12/07/2024
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Orden FOM/9/2024, de 4 de julio, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Traslados Transfronterizos de Residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2024-2030 (BOCA de 11 de julio de 2024). Texto completo.

ORDEN FOM/9/2024, DE 4 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN DE INSPECCIÓN DE TRASLADOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA 2024-2030.

El Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1257/2013 y (UE) 2020/1056, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1013/2006, dispone en su artículo 62.1, que los Estados miembros garantizarán que se establezcan, para la totalidad de su territorio geográfico, uno o más planes, bien por separado o bien como parte claramente determinada de otros planes, para realizar inspecciones con arreglo al artículo 60, apartado 1, basándose estos planes de inspección en una evaluación de riesgos.

En relación con ello, el artículo 12.4.d Vínculo a legislación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, otorga competencia a las Comunidades Autónomas en materia de autorización de traslados de residuos desde o hacia países pertenecientes a la Unión Europea, así como facultades de vigilancia, inspección y, en su caso, sanción, derivadas de dicho régimen de traslados.

A través de la presente orden se pretende llevar a la práctica lo anteriormente expuesto, mediante la aprobación del plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2024-2030 y la metodología de evaluación de riesgos.

Por todo ello, en el marco de lo establecido en el artículo 25.7 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, y en virtud de los artículos 50 y 51. quarter de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, DISPONGO Artículo 1.- Aprobación del plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2024-2030 y de la metodología de evaluación de riesgos.

Aprobar el plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2024-2030 y la metodología de evaluación de riesgos en el ámbito de los planes de inspección de traslados transfronterizos de residuos, que figuran respectivamente como Anexos I y II de la presente orden.

Artículo 2.- Contenido del plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2024-2030 y de la metodología de evaluación de riesgos.

1. En el Anexo I se establece el plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2024-2030.

2. En el Anexo II se desarrolla la metodología de evaluación de riesgos.

Artículo 3.- Revisión y actualización del plan de inspección.

El plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2024-2030 tendrá una vigencia de seis años desde su aprobación y se revisará, como mínimo, cada tres años, actualizándose siempre que las circunstancias lo requieran.

Artículo 4.- Programas anuales de ejecución del plan de inspección.

Con el objetivo de garantizar una planificación periódica y coherente de las inspecciones en materia de traslados transfronterizos de residuos, este plan se desarrollará en programas anuales, elaborados en base a la evaluación de riesgos que figura como anexo II a esta orden, concretándose el régimen de las inspecciones. En particular, se expondrán las prioridades específicas de las inspecciones, las inspecciones previstas y los controles a realizar, y, en su caso, los dispositivos concretos de cooperación entre las autoridades que participen en las inspecciones y los recursos humanos, financieros o de otro tipo que se asignarán al desarrollo del correspondiente programa anual.

Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.

Derogar la Orden UMA/2/2017, de 1 febrero Vínculo a legislación, por la que se aprueba el plan de inspección de traslados transfronterizos de residuos de la Comunidad Autónoma de Cantabria y la metodología de evaluación de riesgos en el ámbito de los planes de inspección de traslados transfronterizos de residuos.

Disposición Final Primera. Habilitación de desarrollo.

Se autoriza a la persona titular de la consejería competente en materia de medio ambiente para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación, desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta orden.

Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Anexos

Omitidos.

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