COSER CATALUÑA PARA DESCOSER ESPAÑA
Ya no se acordarán, pero el procés comenzó con un gran bulo ampliamente compartido por la clase política y la sociedad civil catalana. Ese bulo afirmaba que Cataluña tenía un déficit fiscal anual de 16.000 millones de euros con respecto al Estado. En Google encontrarán una foto del joven Pere Aragonès con un cartel en el que puede leerse: “Cada segon Espanya ens roba 450 euros”. Cataluña no padece ese inmenso déficit fiscal y todos los indicadores contrastados por expertos en el tema señalan que tiene una financiación mejorable, pero en ningún caso discriminatoria. Los cuentos no son cuentas.
Como ya les he explicado en varias ocasiones, el sistema político español ha entrado en fase plurinacional. Ello significa que el nivel del Gobierno central depende, para su estabilidad, de los acuerdos multilaterales que sea capaz de generar el llamado bloque confederal que lidera el presidente Sánchez. Sin gobernabilidad en Cataluña y País Vasco, no hay gobernabilidad en España. Como ha habido sendas elecciones en ambos territorios en los últimos meses, el Estado está parado hasta que se concreten las investiduras en los Parlamentos de Vitoria y Barcelona. Ni actividad legislativa relevante -más allá de la Ley Orgánica de Amnistía- ni presupuestos generales. España es un país de federalismo castizo o líquido y cualquier arreglo entre los representantes de las tribus ibéricas implica arreglos institucionales que terminan afectando a todos. Mal asunto.
ERC ha dicho al PSC y a Sánchez que si quieren la presidencia de la Generalidad tendrán que concretar un modelo de financiación singular para Cataluña. Me ha extrañado mucho que la ministra del ramo y el propio Sánchez hayan asegurado que esta posibilidad encajaría en nuestra Constitución. Dejemos de lado, por un momento, los problemas jurídicos. Es bien conocido, para empezar, que si lo que se pretende es un modelo de concierto y cupo para Cataluña u otra región rica, lo que se resentiría gravemente sería no solo el principio de solidaridad, sino la capacidad del Estado para gobernar globalmente la economía. Los que proponen asimetrías y privilegios financieros desde el lado zurdo de la vida deben explicar si vamos a una forma competitiva -neoliberal- o cooperativa -socialdemócrata- en lo que a la concreción de la Constitución económica se refiere. A mí me parece que a lo primero, pero doctores tiene la Iglesia.
Naturalmente, la reivindicación de la singularidad financiera se produce porque tal singularidad ya existe y la disfrutan País Vasco, Navarra y también Canarias por su condición insular. El sistema de cupo vasco y navarro -pagar por lo que se recibe, y siempre a la baja- no es compatible con ninguna forma de justicia distributiva: los que más tienen, nos enseña diariamente María Jesús Montero, más tienen que pagar. La situación de los territorios forales, además, es insostenible, porque las pensiones ya no son totalmente contributivas y en parte van a cargo de la deuda y de los Presupuestos Generales del Estado, nueva realidad que no ha tenido reflejo ni en el Concierto ni en el Convenio. En el caso vasco, se nos ha olvidado ya que en su concepto fundacional el Concierto se asociaba a la necesidad de concertar el sistema fiscal foral con el sistema estatal. En democracia, qué paradoja, la foralidad fiscal ha terminado por producir un desconcierto financiero que desestabiliza todo el Estado autonómico.
Vayamos ahora con las cuestiones jurídicas. La asimetría financiera vasca y navarra, de carácter confederal, tiene sustento en la Disposición Adicional 1.ª de la Constitución. En mi opinión, la interpretación y desarrollo que los poderes constituidos han hecho de esta disposición han terminado en un exceso de foralidad, según la feliz expresión acuñada por Juanjo Solozábal. En cualquier caso, hay acuerdo en que el concierto y el convenio tienen legitimidad porque así lo quiso el poder constituyente. Una norma confederal y particular, con pretendido arraigo histórico, quizá solo pueda reconocerse y convenirse en una situación constituyente original y autónoma. Esto quiere decir que, tras 45 años de Estado autonómico, conociendo el efecto emulación que generó la descentralización, es muy difícil que una reforma constitucional pueda fabricar otra disposición adicional para conceder a Cataluña un régimen financiero propio. El paso del tiempo genera unos intereses estratégicos que condicionan las decisiones políticas que posteriormente toman los actores de cualquier sistema. Por ello, hoy es imposible cualquier velo de la ignorancia en la materia.
Cataluña está en el régimen de financiación común. Dicho régimen, construido a través de una norma que forma parte del bloque de constitucionalidad, la Ley Orgánica de Financiación Autonómica (LOFCA), concreta la distribución competencial en materia impositiva y, sobre todo, el reparto de los recursos financieros a partir de los principios de suficiencia y solidaridad. Los estatutos de autonomía pretendieron en la década de los 2000 condicionar de distintas formas el régimen de financiación común. La respuesta del Tribunal Constitucional, en la sentencia sobre el Estatut, fue diáfana: los acuerdos tendentes a garantizar la suficiencia financiera de las autonomías referidos a los impuestos cedidos por el Estado, y también a otras vías de participación en los ingresos de este último, han de adoptarse con carácter general para todo el sistema en el ámbito estatal de actuación. Este tipo de decisiones, cuya determinación final corresponde a las Cortes Generales, se adoptan en el órgano multilateral (el Consejo de Política Fiscal y Financiera) en el que el Estado ejercita funciones de cooperación y coordinación.
La actual mayoría confederal ha puesto en práctica formas de jacobinismo fiscal asimétrico, como ha sido la creación del impuesto a las grandes fortunas (Ley 38/2022). Dicho impuesto, un castigo político a Madrid y Andalucía, dejó sin efecto la bonificación que en la práctica anulaba el impuesto sobre el patrimonio. Esta operación ha sido ratificada por el Tribunal Constitucional, a pesar de que la ley parece atentar contra la autonomía tributaria de todas las comunidades autónomas porque permite a las Cortes eludir las exigencias decisorias del bloque de constitucionalidad (LOFCA) con respecto a un tributo cedido por el Estado. Sin embargo, ni siquiera este nefasto precedente puede avalar la creación por ley orgánica u ordinaria de un sistema de financiación singular para Cataluña o para cualquier otra comunidad autónoma. Ello supondría una ruptura del régimen de financiación común sin aval constitucional y democrático, porque se prescindiría de la opinión de las restantes comunidades autónomas y de sus ciudadanos.
La tesis principal para justificar la Ley Orgánica de Amnistía fue que servía para recomponer la sociedad catalana. No es improbable que el acuerdo de investidura de Illa vuelva a venderse como una oportunidad histórica para resolver el contencioso territorial, ahora con una financiación singular. La posibilidad de reconstruir el Estado autonómico mediante asimetrías que afectan a la redistribución, a los servicios públicos comunes y al gobierno de la economía se enfrenta a serios obstáculos políticos, económicos y jurídicos que se han tratado de poner aquí de manifiesto. Durante muchos años pudimos decir que los nacionalistas contribuyeron con su obstinación y determinación a levantar una autonomía constitucionalmente garantizada de la que se beneficiaron todos los españoles. Bien está reconocerlo. Desde hace dos décadas, cuando descubrieron que el asunto iba de un cierto federalismo más atento a la ciudadanía que a la identidad y los privilegios, han impugnado claramente la Constitución y han preferido transitar no pocas veces por el conflicto y la deslealtad. La actual correlación de fuerzas parlamentarias, nos dicen, ofrece la oportunidad de coser la relación entre España y Cataluña. A mí me parece que ello se hará descosiendo España, un negocio redondo si se mira el espantoso mapa electoral que va conformándose sin prisa, pero sin pausa.