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Crédito extraordinario

14/06/2024
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Ley Foral 7/2024, de 6 de junio, de concesión de un crédito extraordinario por un importe total de 338.000 euros en varios departamentos del Gobierno de Navarra en el presupuesto de 2024 (BON de 13 de junio de 2024). Texto completo.

LEY FORAL 7/2024, DE 6 DE JUNIO, DE CONCESIÓN DE UN CRÉDITO EXTRAORDINARIO POR UN IMPORTE TOTAL DE 338.000 EUROS EN VARIOS DEPARTAMENTOS DEL GOBIERNO DE NAVARRA EN EL PRESUPUESTO DE 2024.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Foral 3/2024, de 25 de abril, de concesión de un crédito extraordinario por un importe total de 539.000 euros en varios departamentos del Gobierno de Navarra en el Presupuesto de 2024, contempla en su artículo 3 Vínculo a legislación la modificación de la denominación del título de diversas partidas presupuestarias de la Ley Foral 2/2024, de 13 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2024.

Sin embargo, el citado artículo 3 contiene, además del cambio de denominación propiamente dicha, la modificación de la codificación de las partidas, lo que de facto supone la creación de nuevas partidas.

Los Departamentos de Economía y Hacienda; Cohesión Territorial; y Cultura, Deporte y Turismo remiten informes acerca de la necesidad de aprobación de crédito extraordinario para ejecutar el gasto correspondiente en el presupuesto de 2024 dotando las partidas presupuestarias adecuadas.

La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril Vínculo a legislación, de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48 párrafo primero que, cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista el crédito, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario. En su párrafo segundo dispone que el crédito extraordinario podrá financiarse con otros créditos disponibles de cualquier programa de gasto, incluso provenientes de créditos específicamente aprobados por el Parlamento como consecuencia de enmiendas o de disposiciones de esta ley foral.

Artículo 1. Derogación del artículo 3 de la Ley Foral 3/2024.

Se deroga el artículo 3 de la Ley Foral 3/2024, de 25 de abril, de concesión de un crédito extraordinario por un importe total de 539.000 euros en varios departamentos del Gobierno de Navarra en el Presupuesto de 2024.

Artículo 2. Concesión de crédito extraordinario.

Se concede un crédito extraordinario, por importe total de 338.000 euros en el presupuesto para 2024, para la financiación de las necesidades de varios Departamentos del Gobierno de Navarra.

Este crédito se aplicará a las siguientes partidas presupuestarias:

Tabla omitida.

Artículo 3. Financiación del crédito extraordinario.

La financiación de este crédito extraordinario y por el citado importe de 338.000 euros se realizará con cargo al crédito disponible en las siguientes partidas:

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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