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Las leyes penales tras la amnistía; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado

12/06/2024
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El día 12 de junio de 2024 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Gonzalo Quintero Olivares en el cual el autor considera que a la espera de la aplicación de la Ley de Amnistía, que ya ha entrado en vigor, la función de prevención general del derecho penal y la garantía de seguridad jurídica, además del principio de igualdad, han sufrido un rejonazo.

LAS LEYES PENALES TRAS LA AMNISTÍA

La Ley de Amnistía, que ayer entró en vigor tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lleva a los independentistas a jactarse de haber doblegado al “Estado español”, victoria que deben a la aritmética parlamentaria y a la desvergüenza del PSOE y de su amo. Enardecidos con su triunfo, ya anuncian el referéndum de independencia. Al parecer, ese es el efecto pacificador que, según el Gobierno, trae la amnistía.

Sobre la efectiva aplicación de la ley flotan grandes dudas, mientras Junts y ERC señalan a los jueces como culpablesde cualquier óbice y, en su lógica, esperan que el PSOE invente algo para neutralizarlos. La experiencia les da la razón en cuanto a pensar que con este Gobierno todo es posible. Si una norma estorba, se hace otra que la deje sin efecto y permita la “aplicación inmediata” de la amnistía sin que ningún tribunal haga objeción alguna. Además, como se han venido arriba, reiteran su amenaza de hacer caer a Pedro Sánchez, como si eso fuera tan fácil.

Hay otra dimensión del problema mucho más preocupante para la justicia penal. En primer lugar, quiero referirme a la prevención general, que es una función de las leyes penales que comienza con su promulgación, continúa con la efectividad de su vigencia y cristaliza en el mensaje permanente que advierte a la sociedad de que una conducta es delictiva y que puede ser penalmente reprimida. Con ese mensaje, y esa es una dimensión fundamental, no se pretende infundir miedo a las consecuencias -esa sería la pura coerción psicológica, que puede conducir al denominado terror penal-, sino que es una afirmación de la importancia y del respeto que merecen determinados valores o bienes jurídicos. Precisamente por eso, estos son protegidos por el derecho penal. Esa es la función positiva de la prevención general.

Condición imprescindible para ello es, lógicamente, que los ciudadanos no tengan duda acerca de la efectividad de la ley y la seguridad de que se aplicará a los transgresores. Por lo tanto, si en una sociedad se instala la convicción de que muchos de los hechos declarados delictivos por las leyes penales solo serán efectivamente perseguidos y condenados según cuáles sean las circunstancias políticas y los coyunturales intereses del Gobierno de turno, esa imprescindible seguridad se desmorona. Correlativamente, quienes deseen poner en práctica planes que transgreden las leyes cuentan con que en cualquier momento se puede abrir una brecha en el edificio del orden jurídico mediante un indulto o una ley que deje sin valor una parte del Código Penal. Esa desaparición de la ley, inimaginable por principio, solo requiere, como hemos podido ver, la combinación de una adecuada situación parlamentaria en cuanto a votos y la total falta de escrúpulos del Gobierno correspondiente.

No perderé el tiempo con el argumentario de la pacificación y normalización de la vida en Cataluña. Los que vivimos allí sabemos que eso no es verdad. Puede que no haya tensión en la calle, cierto. Pero, en la sobremesa de la fiesta por la amnistía, las formaciones independentistas ya están llenando de nuevo las baterías para volver a la carga, animadas por sus supuestos éxitos, mientras la cotidiana marginación de todo lo español continúa campando libremente, sobre todo, en la educación y en los medios de comunicación públicos.

El problema penal es otro. Antes he aludido a la importancia de que el derecho sea cierto, y la certeza supone seguridad en su aplicación. Solo contando con esa seguridad es posible esperar su eficacia. Evidentemente, si se resquebraja la certeza, el derecho penal pasa a ser papel mojado. Quienes hoy observan cuántos delitos y responsabilidades de otras clases pueden quedar sin consecuencia alguna si se alcanza un adecuado pacto de intereses no sentirán, con razón, ninguna necesidad de respetar las leyes, y de lo único que se preocuparán es de estar integrados en algún grupo o movimiento político que tenga representación parlamentaria y que, llegada la ocasión, pueda vender sus votos a cambio de una amnistía pacificadora. El independentismo vasco, por poner un ejemplo claro, todavía no ha exigido su amnistía, pero no hay razón para pensar que ellos, que también aguantan el andamiaje parlamentario del PSOE, no puedan exigirla en cualquier momento, pues no van a ser menos que los catalanes.

Si llega la aplicación de la ley en la manera en que la prevén y exigen los independentistas catalanes, se materializará la desigualdad. Quiere eso decir que los tribunales penales españoles con jurisdicción fuera de Cataluña deberán castigar a los que vengan acusados de delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desórdenes públicos, desobediencias o prevaricaciones cometidos entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023, a conciencia de que esos mismos hechos cometidos por un independentista con la intención de promover la secesión de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos o los guiados por el fin de divulgar el proyecto independentista y buscar apoyos directos o indirectos para el plan, cometidos en Cataluña o en el extranjero, serían impunes.

Otro tanto sucederá con las responsabilidades administrativas o contables. Imaginemos a un alcalde obligado a responder personalmente por desvíos de fondos públicos gastados en cantos a la nunca reconocida grandeza de la historia de su ciudad o su región, preterida y olvidada, según el Ayuntamiento. Normalmente tendría que ser enjuiciado y condenado por malversación, amén de la responsabilidad corporativa respecto de la reposición de los fondos mal usados, que puede pasar a responsabilidad personal. Ese imaginario alcalde, y se trata solo de un ejemplo, puede sentirse legítimamente discriminado en un sistema en el que a otros, por hacer poco más o menos lo mismo, se les aplica una amnistía que a él no le alcanza. Como es lógico, esa diferencia de trato le parecerá tan injusta e ilógica como castigar por un mismo hecho a los morenos y perdonar a los rubios.

Seguramente -y harán muy bien- llevarán su protesta al Tribunal Constitucional, que se mostrará celoso del obligado respeto al principio de legalidad y le denegará el amparo. Y alguno habrá que acudirá a instancias europeas. El tiempo dirá.

Queda otra dimensión del problema, pero sobre esa no quiero ni puedo pronunciarme: me refiero a la posición del juez o del tribunal que tenga que dictar sentencia condenatoria contra un sujeto que, si hubiera sido independentista perseguidor de los intereses de la causa catalana, sería absuelto. La diferencia de respuesta del Estado y de su sistema de justicia penal, perfectamente comprensible para el PSOE y su dueño, es abiertamente insoportable. Cuáles hayan de ser las reacciones de los tribunales penales (y no olvidemos al Tribunal de Cuentas) está por ver.

En fin. Aunque ya ha entrado en vigor, no sabemos qué pasará con la Ley de Amnistía. Si topará con interpretaciones que la hagan inaplicable en algunos casos o si será objeto de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que retrase su aplicación durante bastante tiempo. Lo que es seguro es que la función de prevención general del derecho penal y la garantía de seguridad jurídica o certeza del derecho, así como el principio constitucional de igualdad, han sufrido un rejonazo del que costará recuperarse. Ya sé que alguno dirá: “Si solo fuera eso; el que se ha hecho en las leyes penales”. Sin embargo, que no sea el único pecado no quita que sea el más doloroso para el Estado de Derecho.

El mañana no está escrito, como dijo el poeta. Pero no hay muchas razones para el optimismo mientras siga instalada institucionalmente la falta de respeto a las leyes y al Poder Judicial. Un respeto que ha pasado de ser una de las columnas sobre las que se configura el Estado a un problema que el Gobierno piensa afrontar con las reformas legales que se tercien.

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