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El TS avala el cambio de estatutos que hizo el Gobierno para dar poderes ejecutivos a la Presidencia interina de RTVE

03/06/2024
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El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la modificación de los estatutos sociales de RTVE que llevó a cabo el Gobierno de Pedro Sánchez en 2022 para redefinir las funciones de la entonces presidenta interina, Elena Sánchez, y darle poderes ejecutivos para desempeñar su cargo tras la dimisión de José Manuel Pérez Tornero.

MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que desestima el recurso presentado por los sindicatos USO, UGT y SI contra la citada modificación al considerar que está justificada.

No obstante, la sentencia cuenta con un voto particular de un magistrado que opina que el recurso debió ser estimado ya que el acuerdo del Consejo de Ministros "resulta contrario al marco normativo definido por la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, con clara afectación del derecho fundamental regulado en el artículo 20.3 de la Constitución", que establece que "la ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público (...)".

SALVA UN VACÍO NORMATIVO

Para el Tribunal Supremo, la modificación de los estatutos "no mejora una regulación que fuese defectuosa, por equívoca u oscura, pero sí salva un vacío normativo y lo hace para garantizar, en caso de vacancia o ausencia, la continuidad del ejercicio por la Presidencia de la Corporación RTVE de sus funciones de administración, dirección ejecutiva ordinaria y representación legal".

"En circunstancias normales, vacante la Presidencia de la Corporación RTVE y comunicada al Congreso de los Diputados, este debería designar un nuevo presidente en un plazo razonable y así evitar la paralización de la Corporación RTVE en lo que hace al ejercicio de las funciones de administración y dirección ejecutiva ordinaria", sostiene.

Igualmente, la Sala señala que "no supone merma del régimen parlamentarizado" que establece la Ley, "pues el Congreso de los Diputados siempre puede --es más, debe-- designar al presidente de la Corporación RTVE". "Ahora bien, no podemos ignorar que las cosas se complican si hay un bloqueo parlamentario que impide lograr la mayoría de dos tercios, mutando lo coyuntural o transitorio en indefinido por incapacidad para llegar a una mayoría de dos tercios, a lo que añaden los demandantes en conclusiones que, además, no hay intención de designar al Presidente de la Corporación RTVE", subraya.

Según el Tribunal Supremo, esto será "indeseable, pero aparte de que centraría lo censurable en sede parlamentaria, habría exigido una prueba inédita en autos". "Entre tanto, lo que sí es objetivo es que las funciones de la Presidencia de la Corporación RTVE no pueden paralizarse por ser el brazo ejecutor del Consejo de Administración", ha remachado.

Respecto al fallo del Supremo, la presidenta interina de RTVE, Concepción Cascajosa, reconocía el pasado martes que en la Corporación "preocupa" la situación que pudiera derivarse del mismo. No obstante, Cascajosa afirmó que la sentencia no afectaría a su propio nombramiento como máxima responsable de la pública.

Cascajosa estaba pendiente de la postura del alto tribunal antes de realizar nombramientos dentro de la Corporación, ya que la sentencia del Supremo podía "cambiar la regla del juego o puede mantenerla". "Entonces, tomaré las decisiones que sean necesarias", dijo en sede parlamentaria la responsable de RTVE, donde están vacantes los puestos del exdirector de Contenidos José Pablo López y del ex secretario general Alfonso Morales.

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