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Audiencia de Málaga

Condenados a 17 años y medio de cárcel dos sicarios por matar a tiros a un hombre a plena luz en una calle en Marbella

28/05/2024
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La Audiencia de Málaga ha condenado a dos sicarios por matar a tiros a un hombre en una calle de Marbella a plena luz del día en junio de 2020. Así, se les condena por los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas, mientras que a uno de ellos se le condena también por falsedad al utilizar una identificación falsa.

MÁLAGA, 27 May. (EUROPA PRESS) -

Los hechos sucedieron en junio de 2020. Según se declara probado en la sentencia, dictada con la conformidad de los acusados, estos se pusieron de acuerdo "y a cambio de una remuneración económica", acudieron en una motocicleta a las inmediaciones de la calle Arturo Rubinstein de dicha localidad para acabar con la vida de la víctima.

Mientras que un acusado estaba junto a la moto, "ocultando su aspecto con una gorra y una mascarilla para evitar ser identificado", el otro, también con una gorra, se aproximó por la espalda al hombre mientras cruzaba un paso "y con ánimo de atentar contra su vida, le propinó cuatro disparos por la espalda a la altura del tórax".

Asimismo, en la resolución se considera hecho probado que una vez la víctima estaba en el suelo, disparó varias veces más, hasta un total de ocho disparos, que fueron cuatro en el tórax anterior, uno en la región parieto-occipital derecha, uno a la altura de la boca, otro en región axilar izquierda y dos más uno en cada brazo.

Esta agresión, dice la sentencia, causó la muerte del hombre y acto seguido los acusados abandonaron precipitadamente el lugar a bordo de la motocicleta. Para la ejecución de los hechos, los procesados emplearon una pistola careciendo ambos de los permisos necesarios que los habilitaran para su utilización.

Asimismo, en el transcurso de la investigación por estos hechos, el Juzgado de Instrucción número 4 de Marbella autorizó el registro de una vivienda de Estepona (Málaga), que había sido utilizada por los acusados los días previos e inmediatamente posteriores a la ejecución de los hechos.

En ese registro los investigadores encontraron, entre otros efectos, un permiso de conducir, una carta de identidad y un pasaporte de la República de Croacia, todos ellos con la fotografía de uno de los acusados --el que esperaba en la moto--, pero con otro nombre, además de que utilizó otra identidad distinta para el alquiler de la vivienda y de los coches.

Igualmente, cuando agentes de la Guardia Civil interceptaron y denunciaron a este cuando circulaban junto con el otro procesado en un vehículo por la A-92, se identificó con el otro nombre "a sabiendas de su falta de veracidad".

Por estos hechos se condena a uno de los acusados a 18 años de prisión por los delitos de asesinato, tenencia ilícita de armas y falsedad documental por los documentos falsos; mientras que al otro se le condena a 17 años y medio de cárcel por delitos de asesinato y tenencia de armas. Se fija en 50.000 euros la indemnización a los herederos de la víctima.

Según la magistrada, se trata de "una causación dolosa de la muerte de una persona concurriendo alevosía y precio". "La víctima se hallaba indefensa, debido a que fue atacado por sorpresa y por la espalda, disparando a corta distancia diversos disparos en zonas vitales, que le hicieron caer al suelo y posteriormente fue rematado recibiendo más de 12 disparos y sin posibilidad de reacción", dice.

Además, los acusados actuaron "a cambio de un precio, por lo que la calificación como asesinato es correcta". Del mismo modo, se considera correcta la aplicación de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, una que agrava la pena como es la de disfraz y otra que la atenuante, como es la reparación del daño, ya que han consignado indemnización para las familias de las víctimas.

Se señala que la sentencia es firme tras la conformidad entre las partes antes del inicio del juicio, ya que los procesados y sus defensas se mostraron de acuerdo con la acusación del fiscal, tras la modificación realizada, en una comparecencia, estimando la magistrada que los acusados tienen "capacidad intelectiva y volitiva para comprender los hechos que se le atribuyen y la pena solicitada".

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