MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
En la sentencia, el tribunal tachaba de "repudiable" la actitud de los jóvenes que protagonizaron el incidente en el piso que dio lugar a la intervención policial ante el contexto en el que se produjo de plena pandemia con miles de muertos en toda España.
En el veredicto, el tribunal del jurado declaró no culpables por unanimidad a los policías, con lo que se respaldó la intervención que realizaron accediendo a la fuerza al inmueble con un ariete que reventó la puerta ante la negativa de los asistentes a una fiesta a abrir la puerta por temor a una multa administrativa.
Los agentes se escudaron en que la actuación policial cumplió con la legalidad ante la existencia de un delito flagrante por una desobediencia grave al no identificarse los asistentes hasta en 28 ocasiones.
Frente a este alegato, la acusación particular mantenía que solo se produjo una infracción administrativa por incumplimiento de la normativa Covid al estar entonces vigentes las restricciones por el estado de alarma. Los jóvenes se ampararon en su derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio para no abrir la puerta a los agentes.
La Audiencia Provincial de Madrid archivó en junio de 2021 el caso que se incoó contra los asistentes y ordenó al juez instructor deducir testimonio por "si los agentes hubieran incurrido en infracción penal" al considerar que hubo "un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio".