Diario del Derecho. Edición de 17/05/2024
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Las Salinas

07/05/2024
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Decreto 95/2024, de 30 de abril, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, Las Salinas, en el término municipal de La Malahá (Granada) (BOJA de 6 de mayo de 2024). Texto completo.

DECRETO 95/2024, DE 30 DE ABRIL, POR EL QUE SE INSCRIBE EN EL CATÁLOGO GENERAL DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ANDALUZ, COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA TIPOLOGÍA DE ZONA ARQUEOLÓGICA, LAS SALINAS, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LA MALAHÁ (GRANADA).

I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 Vínculo a legislación de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª Vínculo a legislación de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción en el citado Catálogo, incluyéndose en el artículo 25 entre las tipologías de los inmuebles que serán objeto de inscripción la de las Zonas Arqueológicas, definidas en el artículo 26.5 como aquellos espacios claramente delimitados en los que se haya comprobado la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos de interés relevante relacionados con la historia de la humanidad.

Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero Vínculo a legislación, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, atribuye a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, correspondiendo a la citada Consejería, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, proponer al Consejo de Gobierno la declaración de Bienes de Interés Cultural, y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento, a este último dicha declaración. El artículo 7.2 Vínculo a legislación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

El artículo 9 de dicha ley regula el procedimiento de inscripción, correspondiendo la resolución del procedimiento al Consejo de Gobierno, y añadiendo el artículo 11 que la inscripción de un Bien de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz podrá llevar aparejado el establecimiento de instrucciones particulares.

II. El área de Las Salinas de La Malahá y su entorno contiene un conjunto patrimonial muy rico, diverso y complementario, integrado por bienes diacrónicos de amplio recorrido temporal, representativos del proceso histórico y la evolución de las formas de ocupación de este lugar, que ofrecen, además, un contexto ambiental y cultural de alto valor para uso y disfrute para la comunidad.

Estas formas, íntimamente ligadas a la explotación y aprovechamiento del agua, se superponen a los valores naturales y paisajísticos que configuraron y permitieron la ocupación de este ámbito geográfico en torno al arroyo del Salado y sus manantiales, dando lugar al asentamiento de la población desde tiempos inmemoriales.

El territorio se articula en torno al sistema hidráulico, en el que se diseminan elementos vinculados a diversos ámbitos de explotación y en el que se va formalizando un patrimonio, tangible e intangible, de incalculable valor.

Atesora, por tanto, bienes de interés histórico, arqueológico, etnológico y antropológico, así como natural (minerogeológico, flora y fauna).

III. La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada, mediante Resolución de 11 de mayo de 2023 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 105, de 5 de junio de 2023), incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, Las Salinas, en el término municipal de La Malahá (Granada), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada emitió informe favorable a la inscripción de Las Salinas, en el término municipal de La Malahá (Granada), como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, en sesión celebrada el 6 de marzo de 2024, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la citada ley.

De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública, mediante la citada Resolución de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada de 11 de mayo de 2023, y de audiencia al Ayuntamiento de La Malahá y organismos afectados, no habiéndose presentado escritos de alegaciones durante dichos trámites.

Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 9 Vínculo a legislación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, Las Salinas, en el término municipal de La Malahá (Granada), que se describe en el anexo.

En relación con lo dispuesto en el artículo 82 Vínculo a legislación de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, procede instar el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero Vínculo a legislación, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado. Así mismo, de acuerdo con el artículo 12 Vínculo a legislación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 Vínculo a legislación y 9.7.a) Vínculo a legislación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, y el Decreto 159/2022, de 9 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 30 de abril de 2024,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, Las Salinas, en el término municipal de La Malahá (Granada), cuya descripción y delimitación figuran en el anexo al presente decreto.

Segundo. Instar la inscripción del Bien en el Registro de la Propiedad correspondiente y en el Registro Autonómico de Instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado.

Tercero. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

Cuarto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.9 Vínculo a legislación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Quinto. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 Vínculo a legislación y 124 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1. regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Vínculo a legislación, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Anexos

Omitidos.

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