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Adhesión Suecia al Tratado del Atlántico Norte

20/03/2024
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Instrumento de ratificación del Protocolo al Tratado del Atlántico Norte sobre la adhesión del Reino de Suecia, hecho en Bruselas el 5 de julio de 2022 (BOE de 20 de marzo de 2024). Texto completo.

INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN DEL PROTOCOLO AL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE SOBRE LA ADHESIÓN DEL REINO DE SUECIA, HECHO EN BRUSELAS EL 5 DE JULIO DE 2022

El día 5 de julio de 2022, el Plenipotenciario de España firmó en Bruselas el Protocolo al Tratado del Atlántico Norte sobre la adhesión del Reino de Suecia, hecho en esa misma ciudad y fecha.

Vistos y examinados el preámbulo y los tres artículos de dicho protocolo,

Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 Vínculo a legislación de la Constitución,

Manifiesto el consentimiento de España en obligarse por este protocolo y expido el presente instrumento de ratificación firmado por Mí y refrendado por el Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,

Dado en Madrid, a 27 de septiembre de 2022.

FELIPE R.

El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,

JOSÉ MANUEL ALBARES BUENO

PROTOCOLO AL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE SOBRE LA ADHESIÓN DEL REINO DE SUECIA

Las Partes en el Tratado del Atlántico Norte, firmado en Washington el 4 de abril de 1949,

Convencidas de que la seguridad de la región del Atlántico Norte resultará reforzada por la adhesión del Reino de Suecia a dicho Tratado,

Acuerdan lo siguiente:

Artículo I.

En el momento de la entrada en vigor del presente protocolo, el Secretario General de la Organización del Tratado del Atlántico Norte transmitirá, en nombre de todas las Partes, al Gobierno del Reino de Suecia una invitación para adherirse al Tratado del Atlántico Norte. Con arreglo al artículo 10 del Tratado, el Reino de Suecia se convertirá en Parte cuando deposite su instrumento de adhesión ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo II.

El presente protocolo entrará en vigor cuando cada una de las Partes en el Tratado del Atlántico Norte haya notificado al Gobierno de los Estados Unidos de América su aceptación del mismo. El Gobierno de los Estados Unidos de América informará a todas las Partes en el Tratado del Atlántico Norte de la fecha de recepción de cada una de esas notificaciones y de la fecha de entrada en vigor del presente protocolo.

Artículo III.

El presente protocolo, cuyos textos en inglés y francés son igualmente auténticos, se depositará en los Archivos del Gobierno de los Estados Unidos de América. Dicho Gobierno trasmitirá copias debidamente certificadas del mismo a los Gobiernos de todas las Partes en el Tratado del Atlántico Norte.

En fe de lo cual, los plenipotenciarios abajo firmantes suscriben el presente protocolo.

(CUADRO OMITIDO)

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