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Modificación de la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias

20/03/2024
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Decreto 23/2024, de 15 de marzo, de segunda modificación del Decreto 67/2023, de 11 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias y sus órganos de apoyo (BOPA de 19 de marzo de 2024). Texto completo.

DECRETO 23/2024, DE 15 DE MARZO, DE SEGUNDA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 67/2023, DE 11 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y SUS ÓRGANOS DE APOYO.

Preámbulo

De conformidad con lo establecido en el artículo 18.1 Vínculo a legislación de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, y el artículo 8 Vínculo a legislación de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración, el Presidente del Principado dictó el Decreto 10/2024, de 16 de febrero, de segunda modificación del Decreto 22/2023, de 31 de julio Vínculo a legislación, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma.

En el mismo, manteniendo indemne el marco competencial de las Consejerías existentes, crea una nueva Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte a la que se adscriben las competencias, hasta entonces, reservadas a la Presidencia en las citadas materias.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el apartado segundo de la disposición adicional primera del citado Decreto, la estructura de apoyo a la Presidencia debe adaptarse, modificándose a tal fin el Decreto 67/2023, de 11 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias y sus órganos de apoyo.

Las adaptaciones que prevé el presente decreto lo son a los estrictos efectos de adecuar la estructura de apoyo al nuevo marco, sin áreas materiales de reserva.

El presente decreto se ajusta a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129.1 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y conforme a los cuales deben actuar todas las Administraciones en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.

En su virtud, y de conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio Vínculo a legislación, de Organización de la Administración, y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión de 15 de marzo de 2024

DISPONGO

Artículo único.-Modificación del Decreto 67/2023, de 11 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias y sus órganos de apoyo.

El Decreto 67/2023, de 11 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia del Principado de Asturias y sus órganos de apoyo, queda modificado como sigue:

Uno.-Se suprime el apartado 2 del artículo 1.

Dos.-Se suprime la sección III rubricada “Viceconsejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte” quedando sin efecto los artículos 4 a 14.

Tres.-Se suprimen la disposición transitoria primera “Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Servicio” y la disposición final primera “Provisión puestos libre designación”.

Disposición final única.-Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

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