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El TC desestima un recurso contra la tramitación de la ley que limita los nombramientos al CGPJ

04/03/2024
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El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de amparo que presentó la secretaria general del PP, Cuca Gamarra, contra diversos acuerdos adoptados por órganos del Congreso durante la tramitación de la ley que prohíbe al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hacer nombramientos discrecionales en la cúpula judicial mientras esté en funciones, como ocurre ahora, que lleva cinco años con el mandato caducado.

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

El Pleno de la corte de garantías ha estudiado los argumentos de Gamarra, que alegó que se habían vulnerado sus derechos con los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados en los que se decidió la tramitación de urgencia de esta iniciativa, la denegación de la emisión de informes del CGPJ y de la Comisión de Venecia.

También impugnaron el acuerdo de la Mesa de la Comisión de Justicia de la Cámara Baja en el que igualmente se rechazó la emisión de informes del CGPJ y de la Comisión de Venecia y la petición de comparecencia de diversos expertos.

Según ha informado el tribunal, la mayoría del Pleno ha rechazado tumbar los acuerdos de la Mesa del Congreso en base a una sentencia que dictó el pasado enero en la que desestimó el recurso de inconstitucionalidad del PP contra la Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo.

Asimismo, ha descartado reprobar la decisión de la Mesa de la Comisión de Justicia de no solicitar dichos informes al considerar que estuvo conforme a derecho.

MARGEN DE DISCRECIONALIDAD

El Constitucional ha recordado que dentro del ejercicio de las competencias propias de las comisiones del Congreso se establece que éstas podrán recabar informes y la comparecencia de expertos, pero lo hace en términos potestativos, por lo que la Mesa de la Comisión correspondiente cuenta con un margen de discrecionalidad al respecto en función de las consideraciones que estime más adecuadas, sin que su mera petición implique obligación alguna de aceptarlas.

Además, ha incidido en que la motivación del acuerdo hace referencia al momento temporal en el que se debía decidir sobre lo solicitado y lo avanzado del procedimiento en la Comisión de Justicia respecto de la iniciativa, constatándose que la iniciativa era objeto de tramitación urgente y que la ponencia ya había emitido su informe el 4 de febrero de 2021 y, por tanto, cinco días antes de que se hiciera la solicitud mediante escrito de 9 de febrero de 2021.

Según ha precisado el TC, la decisión adoptada por el Pleno ha contado con los votos en contra de tres magistrados del denominado sector conservador: Ricardo Enríquez, César Tolosa y Concepción Espejel, quienes ha firmado votos particulares al entender que sí se vulneró el derecho de las diputadas del PP y que, por ende, el Constitucional tendría que haberles reconocido el amparo.

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