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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6694-2023

04/03/2024
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6694-2023, en relación con el artículo 48, apartados 4, 5 y 6, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 177 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por posible vulneración de los arts. 14 y 39 CE (BOE de 4 de marzo de 2024). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 6694-2023, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 48, APARTADOS 4, 5 Y 6, DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 2/2015, DE 23 DE OCTUBRE, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 177 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 8/2015, DE 30 DE OCTUBRE, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTS. 14 Y 39 CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de febrero de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6694-2023, planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el recurso de suplicación núm. 5086-2022, en relación con el artículo 48, apartados 4, 5 y 6, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre Vínculo a legislación, en relación con el artículo 177 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre Vínculo a legislación, por posible vulneración de los arts. 14 Vínculo a legislación y 39 Vínculo a legislación CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el recurso de suplicación núm. 5086-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 27 de febrero de 2024.-El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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