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Modelo 188

28/02/2024
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Orden Foral 23/2024, de 12 de febrero, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 2/2018, de 8 de enero, por la que se aprueba el modelo 188, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas, del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez (BON de 27 de febrero de 2024). Texto completo.

ORDEN FORAL 23/2024, DE 12 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 2/2018, DE 8 DE ENERO, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 188, DEL RESUMEN ANUAL DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Y DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES CORRESPONDIENTE A ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES, EN RELACIÓN CON LAS RENTAS O RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO PROCEDENTES DE OPERACIONES DE CAPITALIZACIÓN Y DE CONTRATOS DE SEGURO DE VIDA O INVALIDEZ.

La modificación tiene como finalidad actualizar los diseños de registro en un doble sentido, por un lado, actualizar las referencias normativas de los" "NIF del perceptor" y "NIF del representante legal"; por otro lado, adaptar dichos diseños de registro a lo establecido en la nueva disposición adicional quincuagésima séptima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre Vínculo a legislación, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que extiende para los períodos impositivos 2022 y 2023 la deducción prevista el artículo 68.4.1.º Vínculo a legislación de la Ley 35/2006, en los mismos términos y condiciones, a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma, debiendo entenderse, a estos efectos, que las referencias realizadas a Ceuta y Melilla en dicho artículo y en su desarrollo reglamentario lo son a la isla de La Palma.

El artículo 90.5 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo Vínculo a legislación, y el artículo 48.6 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Decreto Foral 282/1997, de 13 de octubre, facultan a la persona titular del departamento competente en materia tributaria para establecer los términos de la presentación de la declaración e ingreso de los modelos informativos correspondientes. Por lo que respecta al impuesto sobre la renta de no residentes, la disposición final segunda del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes Vínculo a legislación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 marzo Vínculo a legislación, habilita al Ministro de Hacienda para aprobar los modelos de declaración de los pagos a cuenta del citado Impuesto, así como la forma, lugar y plazos para su presentación y la disposición final única del Reglamento del impuesto sobre la renta de no residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio Vínculo a legislación, autoriza al Ministro de Hacienda para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del mismo. En virtud del artículo 6 Vínculo a legislación de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, esta habilitación debe entenderse conferida a la persona titular del departamento del Gobierno de Navarra que es competente en materia tributaria.

El ejercicio de la potestad reglamentaria desarrollada mediante esta orden foral se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, simplicidad y eficiencia, y accesibilidad establecidos en el artículo 129 la Ley Foral 11/2009, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral.

En consecuencia,

ORDENO,

Artículo único.-Modificación de la Orden Foral 2/2018, de 8 de enero Vínculo a legislación, del consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 188 de "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas, del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguro de vida o invalidez".

El anexo de la Orden Foral 2/2018 Vínculo a legislación, se modifica en los siguientes términos:

Uno.-C. Tipo de registro 2, registro de perceptor, campo "N.I.F. DEL PERCEPTOR", que ocupa las posiciones 18-26:

Tabla omitida.

Dos.-C. Tipo de registro 2, registro de perceptor, campo "N.I.F. DEL REPRESENTANTE LEGAL", que ocupa las posiciones 27-35:

Tabla omitida.

Tres.-C. Tipo de registro 2, registro de perceptor, campo "CÓDIGO PROVINCIA", que ocupa las posiciones 76-77 del registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo 188, contenidos en el anexo de la Orden Foral 2/2018 Vínculo a legislación, que tendrá la siguiente redacción:

Tabla omitida.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será aplicable, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que se presentarán en el ejercicio 2024.

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