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Los otros galeones de Petro: una posible guerra contra el Derecho del mar; por José María Lancho, Abogado Experto en Patrimonio Subacuático

16/02/2024
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El día 16 de febrero de 2024 se ha publicado, en el diario ABC, un artículo de José María Lancho, en el cual el autor considera que la inmunidad soberana de los buques de Estado es un principio del derecho internacional que otorga ciertos privilegios y protecciones a las embarcaciones de guerra o con funciones gubernamentales.

LOS OTROS GALEONES DE PETRO: UNA POSIBLE GUERRA CONTRA EL DERECHO DEL MAR

Hay contratos de arqueología subacuática para el archipiélago de San Andrés donde naufragó en 1605 la flota de Luis Fernández de Córdoba

Una serie de recientes contratos públicos colombianos, relativos a “la protección del patrimonio cultural sumergido en el archipiélago de San Andrés” evidencian que el presidente Gustavo Petro incluye, además del galeón San José, otros objetivos que podrían chocar con las aguas territoriales de Nicaragua y volverían a interferir sobre buques de guerra históricos de titularidad del Reino de España.

El denominado archipiélago de San Andrés y Serranilla es un enclave que Colombia ha conservado, invocando entre otros el derecho virreinal y otras ventajas coloniales, situado más cerca de la costa de Nicaragua que de la colombiana. Esas pequeñas islas en conflicto legal con Nicaragua desde 2001 hasta la última sentencia de 13 de julio de 2023 han quedado prácticamente rodeadas, más allá de las doce millas de aguas territoriales que las corresponden, por una extensa área marítima correspondiente a Nicaragua.

Cercadas por huracanes y tiburones fueron el probable lugar de descanso de cuatro importantes pecios de la flota de Luis Fernández de Córdoba naufragada en 1605.

Por eso, entre otros aspectos, semejante estado de cosas nunca ha convencido a Colombia, quien ha sostenido en sus litigios que, además de 12 millas de aguas territoriales, sus islotes merecen otras doce en virtud de lo que denomina “zona contigua integral”, establecida unilateralmente a través de un Decreto Presidencial colombiano de 2013 y que, tal y como concibe esa entelequia, puede superponerse a las aguas nicaragüenses.

Aunque el Tribunal Internacional de Justicia concluyó que esa teoría no se ajusta al derecho internacional consuetudinario en sentencia de 21/4/2022, la interpretación jurídica y política de Colombia va por otro camino, bien con el pretexto de ejercer funciones y competencias “relacionadas con la preservación del patrimonio cultural”, bien ambientales (ha creado una zona protegida denominada reserva ‘Seaflower’). Hay datos que corroboran que esta guerra contra el Derecho del mar transciende al Caribe. Creo poco en las casualidades y en estos momentos el Tribunal Supremo de Reino Unido está a punto de resolver un caso en el que está cuestionada, muy seriamente, la inmunidad soberana de los buques de Estado. Se trata del caso ‘Argentum Exploration c. República de Sudáfrica’. Un carguero, el SSTILAWA, que transportaba 2.364 lingotes de plata para la Casa de la Moneda de Sudáfrica que fue hundido en 1942 y expoliado por Argentum. Lo que hace tan especial a esta ‘casualidad’ es que Argentum Exploration está vinculada a la trama empresarial que se asoció a Colombia en el expolio del galeón San José. Trama con la que todavía Colombia no ha hecho la liquidación de los intereses económicos y jurídicos que habían adquirido.

Citamos a MACS (Maritime Archaeology Consultants Switzerland), Ocean Infinity, Paul Marshall, Anthony Clake, Ross Hyett, Oliver Plunkett, Robert Fraser, personajes, algunos de muy alto voltaje, en el nacionalismo británico, donde lo público y lo privado resultan a veces poco distinguibles.

Esto es un precedente de alto riesgo, con derivadas en el derecho internacional del mar. En términos muy generales la inmunidad soberana de los buques de Estado es un principio del derecho internacional que otorga ciertos privilegios y protecciones a las embarcaciones de guerra o con funciones gubernamentales. Lo que el público debe entender es que, a este respecto, con los buques de Estado hemos eliminado muchas diferencias, estén a flote o estén hundidos. Así que lo que aceptemos para los buques de Estado históricos hundidos se interpreta también para los buques de Estado que operan ahora mismo.

En un momento de conflictos desde el mar de China al mar Negro, estas decisiones, también sobre el alcance de los espacios marítimos, pueden ser graves. Un caos prolífico para los especuladores políticos y económicos que patrocinan esta enorme partida, en la que la ciudadanía no importa nada.

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