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Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid

16/02/2024
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Decreto 16/2024, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 83/2020, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y su Consejo Asesor de Transformación Digital (BOCAM de 15 de febrero de 2024). Texto completo.

DECRETO 16/2024, DE 14 DE FEBRERO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 83/2020, DE 30 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE CREA EL CENTRO DE INNOVACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DIGITALIZA MADRID, Y SU CONSEJO ASESOR DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL.

El Decreto 38/2023, de 23 de junio Vínculo a legislación, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las atribuciones que a aquella se le otorgan en el artículo 19.3 Vínculo a legislación de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, desarrollado posteriormente por el Decreto 76/2023, de 5 de julio Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

En desarrollo de los anteriores decretos, se ha aprobado el Decreto 261/2023, de 29 de noviembre Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización.

Por su parte, el Decreto 83/2020, de 30 de septiembre Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y su Consejo Asesor de Transformación Digital, estableció la adscripción del citado Centro a la Consejería de Presidencia, a través de la viceconsejería competente en materia de transformación digital.

Este decreto pretende adecuar la adscripción orgánica del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y de su Consejo Asesor de Transformación Digital, a la nueva organización resultante del Decreto 261/2023, de 29 de noviembre Vínculo a legislación, así como alguna de sus funciones, la asistencia al Centro y la composición de dicho Consejo Asesor.

Así, se procede a adscribir al Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, a la Consejería de Digitalización, la cual tiene encomendada la puesta en marcha de cuantas medidas sean precisas para lograr la transformación digital de la Comunidad de Madrid.

En línea con lo anterior, se añaden, como funciones de dicho Centro, todas aquellas que se le pueda encomendar por la Consejería de Digitalización, además de modificar lo relativo a la dirección y coordinación de aquél, encomendando esta última a la dirección general competente en materia de estrategia digital, y manteniendo en el papel de asistencia a la dirección del Centro, exclusivamente, a la Agencia para la Administración Digital de Madrid, Madrid Digital, organismo especializado adscrito también a dicha consejería. Por último, se modifica la composición del Consejo Asesor de Transformación Digital.

En el contenido y tramitación de este decreto se han observado los principios de buena regulación, contenidos en el artículo 129 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 2 Vínculo a legislación del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid.

Su adecuación al principio de necesidad viene justificada por razones de interés general, adaptando determinados aspectos de la regulación del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid y de su Consejo Asesor de Transformación Digital, a la nueva regulación surgida del Decreto 38/2023, de 23 de junio Vínculo a legislación.

El decreto se adecua al principio de eficacia, en la medida en que modifica la adscripción del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid y atribuye las funciones propias del mismo a la consejería que asume las competencias en materia de transformación digital, de acuerdo con la nueva estructura orgánica establecida en el Decreto 38/2023, de 23 de junio Vínculo a legislación.

De la misma manera, este decreto se adecua al principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulación imprescindible para garantizar el buen funcionamiento del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid y su necesario entronque con las funciones y competencias encomendadas a la nueva Consejería de Digitalización.

Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, la regulación se lleva a cabo mediante norma, que será objeto de publicación. Asimismo, el presente decreto se dicta en coherencia con el resto el ordenamiento jurídico de la Comunidad de Madrid, nacional y de la Unión Europea, generando un marco normativo estable y claro, que facilita su conocimiento y comprensión. Su tramitación se ha ajustado al procedimiento previsto en el Decreto 52/2021, de 24 de marzo Vínculo a legislación.

En cuanto al principio de transparencia, al tratarse de una norma de carácter organizativo, está exenta de los distintos trámites propios de la participación pública, esto es, consulta pública y trámites de audiencia e información públicas. No obstante, en su elaboración se ha contado con la participación de los centros directivos afectados y de las secretarías generales técnicas de las distintas consejerías.

Por su carácter organizativo, este decreto se ha tramitado conforme al procedimiento simplificado previsto en el artículo 12 Vínculo a legislación del Decreto 52/2021, de 24 de marzo. Se han emitido los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa, de las secretarías generales técnicas de las consejerías y de la Dirección General de Presupuestos y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, así como los informes de impacto social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 Vínculo a legislación g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, a propuesta del Consejero de Digitalización, previo informe preceptivo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 14 de febrero de 2024,

DISPONE

Artículo único

Modificación del Decreto 83/2020, de 30 de septiembre Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y su Consejo Asesor de Transformación Digital

El Decreto 83/2020, de 30 de septiembre Vínculo a legislación, de Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y su Consejo Asesor de transformación Digital, se modifica de la siguiente forma:

Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 1, que queda redactado de la siguiente manera:

“2. El centro se configura como un órgano colegiado consultivo, asesor, de colaboración y de coordinación interadministrativa, adscrito a la Consejería de Digitalización, a través de la viceconsejería competente en materia de digitalización. Contará con un Consejo Asesor de Transformación Digital, configurado como un grupo de trabajo experto adscrito a la misma consejería”.

Dos. Se modifica el apartado e) del artículo 2, que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2. Funciones

e) Aquellas otras que le atribuya la consejería competente en materia de digitalización”.

Tres. Se modifica el artículo 4, que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 4. Dirección y coordinación

El Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, estará dirigido por el titular de la viceconsejería competente en materia de digitalización, coordinado por la dirección general competente en materia de estrategia digital y asistido por la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid”.

Cuatro. Se modifica el artículo 5, que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 5. Consejo Asesor de Transformación Digital

1. El Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, contará con un Consejo Asesor de Transformación Digital, del que podrán formar parte expertos en transformación digital e innovación tecnológica del sector privado, representantes de empresas privadas, entidades y asociaciones, centros educativos y académicos, tanto públicos como privados, así como representantes del sector público, entre otros.

2. Por orden de la consejería competente en materia de digitalización, se designarán sus miembros, de entre los cuales, uno será designado presidente del mismo.

3. El Consejo Asesor trasladará a la Comisión Permanente del Centro el resultado y avance de los trabajos que desarrolle.

4. La secretaría del Consejo Asesor será asumida por la persona que el titular de la dirección general competente en materia de estrategia digital designe, o en caso de vacante, ausencia o enfermedad, por la persona designada por el titular de la viceconsejería competente en materia de digitalización”.

Cinco. Se modifica la disposición adicional única, que queda redactada de la siguiente manera:

“Disposición adicional única. Medios necesarios

1. La Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio sus funciones de asistencia al Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, facilitará a éste los medios necesarios para que pueda realizar su actividad y celebrar sus reuniones.

2. La pertenencia al Centro y al Consejo no dará lugar a remuneración ni indemnización alguna, ni tampoco la asistencia a sus reuniones o la participación en los grupos de trabajo que puedan crearse”.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan en lo dispuesto en el presente decreto.

La Orden 290/2020, de 2 de diciembre, de la Consejería de Presidencia, por la que se establece la organización del Centro de Innovación Digital de la Comunidad de Madrid, Digitaliza Madrid, y la composición de su Consejo Asesor de Transformación Digital, permanece en vigor en lo que no contradiga este decreto.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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