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Estructura orgánica de los servicios centrales del Servicio Público de Empleo

01/02/2024
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Orden IEM/53/2024, de 23 de enero, por la que se modifica la Orden EMP/72/2017, de 8 de febrero, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (BOCYL de 31 de enero de 2024). Texto completo.

ORDEN IEM/53/2024, DE 23 DE ENERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EMP/72/2017, DE 8 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN.

El Decreto 41/2016, de 10 de noviembre Vínculo a legislación, aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Mediante el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre Vínculo a legislación, se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo. Dicha disposición en su artículo 88, en la redacción dada por la Disposición final sexta de la Ley 3/2023, de 28 de febrero Vínculo a legislación, de Empleo, establece que, en el marco del Sistema Nacional de Empleo, y en sus respectivos ámbitos de actuación, los servicios públicos de empleo podrán desarrollar un programa de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo, que tendrá por objeto la realización de una serie de funciones que el propio artículo 88 establece. Para la realización de dichas funciones, los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas podrán poner en marcha y funcionamiento un Centro de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo.

La constitución y puesta en marcha de las actividades de una Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo, está prevista en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el proyecto componente 23, nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo, en la inversión 5, gobernanza e impulso a las políticas de apoyo a la activación para el empleo.

Por su parte, mediante Resolución de 12 de mayo Vínculo a legislación de 2022, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, se califica el Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo de la Comunidad de Castilla y León, con sede en León.

La presente orden se adecúa al Decreto 33/2016, de 22 de septiembre Vínculo a legislación, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de elaboración de las relaciones de puestos de trabajo.

La norma cumple el principio de eficiencia, en cuanto que la unidad administrativa que crea responde en sus funciones a la máxima racionalización de los recursos públicos para el adecuado cumplimiento de los intereses públicos a los que sirve.

Se justifica además la finalidad de la norma en la parte expositiva de la misma, cumpliéndose así el principio de transparencia, sin que proceda la participación de los ciudadanos y puesta a disposición de información y consulta sobre la misma, al tratarse de una norma puramente organizativa y de ámbito exclusivamente interno.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.3 Vínculo a legislación de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 18 de enero de 2024

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden EMP/72/2017, de 8 de febrero Vínculo a legislación, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Se modifica el artículo 7, en los siguientes términos:

Se dispone el contenido original del artículo 7 en un punto 1.

Se añade un punto 2 con la siguiente redacción:

2. El Centro de Orientación, Emprendimiento e Innovación para el Empleo, con rango de sección, quedará adscrito al Servicio de Intermediación, Orientación y Ocupación, de quien dependerá orgánica y funcionalmente.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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