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Ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la acuicultura

26/01/2024
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Orden de 29 de diciembre de 2023, por la que se convocan, para el año 2023, las ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la acuicultura, de la transformación y de la comercialización al por mayor de productos de la pesca y la acuicultura, por los costes adicionales en que hayan incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción que se relacionan, durante los periodos de referencia que se establecen en esta orden, debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, previstas en la orden que se cita (BOJA de 25 de enero de 2024). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE DICIEMBRE DE 2023, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2023, LAS AYUDAS DESTINADAS A COMPENSAR ECONÓMICAMENTE A LOS OPERADORES DEL SECTOR DE LA ACUICULTURA, DE LA TRANSFORMACIÓN Y DE LA COMERCIALIZACIÓN AL POR MAYOR DE PRODUCTOS DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA, POR LOS COSTES ADICIONALES EN QUE HAYAN INCURRIDO COMO CONSECUENCIA DEL INCREMENTO DE LOS COSTES DE PRODUCCIÓN QUE SE RELACIONAN, DURANTE LOS PERIODOS DE REFERENCIA QUE SE ESTABLECEN EN ESTA ORDEN, DEBIDO A LA PERTURBACIÓN DEL MERCADO CAUSADA POR LA GUERRA DE AGRESIÓN DE RUSIA CONTRA UCRANIA, PREVISTAS EN LA ORDEN QUE SE CITA.

La guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, iniciada el 24 de febrero de 2022, está afectando a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de la Unión Europea. La perturbación de los flujos comerciales de productos básicos esenciales para estos sectores procedentes de Rusia y Ucrania ha intensificado bruscamente el aumento de los precios de insumos clave, como la energía y las materias primas. Además, la actual crisis está teniendo graves consecuencias en el suministro de cereales, aceites vegetales y pescado blanco de Rusia y Ucrania a la Unión Europea, provocando escasez de materias primas clave. Existe, por tanto, una perturbación significativa del mercado como consecuencia de los incrementos importantes de los costes y las alteraciones del comercio que requiere una actuación eficaz y eficiente.

Por este motivo se dicta el Reglamento (UE) 2022/1278, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) núm.508/2014, en lo que se refiere a las medidas específicas para mitigar las consecuencias de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania en las actividades pesqueras y atenuar los efectos de la perturbación del mercado causada por esa guerra de agresión en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.

Concretamente este Reglamento modifica, entre otros, el artículo 68 del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, (en adelante Reglamento FEMP Vínculo a legislación ), añadiendo un apartado 3 que recoge que el FEMP Vínculo a legislación podrá conceder ayudas destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura y la transformación de productos pesqueros, por su lucro cesante y por los costes adicionales en que hubieran incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministro de productos de la pesca y la acuicultura. Los gastos de estas operaciones son subvencionables a partir del 24 de febrero de 2022, fecha en la que comienza la referida guerra de agresión.

Sobre la base de ese marco regulador, se dicta la Orden de 24 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura.

Esta orden fue modificada por la Orden de 24 de octubre de 2023. Entre las modificaciones introducidas por la misma se añade un nuevo apartado 4 al artículo 1 en el que se establece que en el caso de que la situación del conflicto bélico y el sobrecoste derivado persista, el periodo subvencionable de las partidas de acuicultura, comercialización al por mayor y de transformación de los productos de la pesca y la acuicultura podrá extenderse hasta el 31 de diciembre de 2023, previa autorización de la Comisión. Igualmente se modifica la disposición final primera, autorizando a la persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura para establecer nuevos periodos de referencia subvencionable, si persistiera la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de los productos de la pesca y la acuicultura, así como para actualizar el anexo de la Orden de 24 de abril de 2023.

Al hilo de lo anterior, con fecha 21 de noviembre de 2023, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 223 Resolución de 14 de noviembre Vínculo a legislación de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se establece un nuevo periodo de referencia subvencionable, que abarca del 1 de enero al 30 de noviembre de 2023, para la concesión de las ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción por alimentación animal (harinas de pescado, piensos), oxígeno y gases, envases y embalajes de plástico en el sector de la acuicultura, y para la concesión de ayudas por los costes adicionales derivados del incremento de los costes de producción de harinas, pan rallado, cloro, oxígeno y gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, aceites vegetales y gas natural/ciudad en el sector de la transformación y la comercialización al por mayor de los productos de la pesca y de la acuicultura. Además, en esta resolución se actualizan las tablas 3 y 4 del anexo de la Orden de 24 de abril de 2023, estableciendo los porcentajes a aplicar mensualmente sobre los albaranes o facturas de cada partida de gasto y mes, para este periodo de referencia subvencionable.

Por otra parte, existiendo crédito suficiente en esta convocatoria, se considera oportuno proceder a realizar una segunda convocatoria de ayudas para las empresas de transformación y comercialización al por mayor de los productos de la pesca y de la acuicultura por los costes adicionales en que hubieran incurrido como consecuencia del incremento de los costes de producción de harina, pan rallado, cloro, gases refrigerantes, envases y embalajes de madera, papel/cartón, plástico, vidrio y metal, consumo eléctrico, gas natural/ciudad y aceites vegetales, durante el periodo de referencia subvencionable del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2022, que no hubieran presentado solicitud de ayuda en las convocatorias publicadas mediante Orden de 20 de junio de 2023 y mediante Orden de 10 noviembre de 2023, respectivamente o que, habiendo presentado la solicitud de ayuda en dichas convocatorias, tengan facturas que, siendo elegibles, no hubieran sido presentadas junto con la referida solicitud de ayudas.

Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones, para el año 2023, y en virtud de la competencia que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2023, las ayudas que se relacionan a continuación, previstas en la Orden de 24 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a compensar económicamente a los operadores del sector de la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura por los costes adicionales en que hayan incurrido debido a la perturbación del mercado causada por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y sus efectos en la cadena de suministros de productos de la pesca y la acuicultura, modificada por la Orden de 24 de octubre de 2023, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

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