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Subvenciones para la financiación de proyectos de construcción de residencias destinadas a personas mayores

26/12/2023
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Orden 200/2023, de 17 de diciembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden 67/2022, de 30 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la financiación de proyectos de construcción de residencias destinadas a personas mayores en Castilla-La Mancha, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOCM de 22 de diciembre de 2023). Texto completo.

ORDEN 200/2023, DE 17 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 67/2022, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE RESIDENCIAS DESTINADAS A PERSONAS MAYORES EN CASTILLA-LA MANCHA, CON CARGO AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), y a fin de alcanzar los objetivos establecidos en su artículo 4, el Consejo de Ministros adoptó el Acuerdo, de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Dicho Plan es un instrumento fundamental para el desarrollo de los fondos europeos de recuperación Next Generation EU, siendo requisito para poder optar a la financiación con arreglo al Mecanismo la inclusión de un conjunto coherente y exhaustivo de medidas de ejecución de las reformas y de inversión pública. Estas medidas se articulan alrededor de cuatro ejes transversales, desarrollados a través de diez políticas palanca que integran, a su vez, 30 componentes o líneas de acción. Dentro de la política palanca VIII, “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”, se encuentra el componente 22 denominado “Plan de Choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión”, cuyo objetivo principal es la modernización y refuerzo del conjunto de los servicios sociales, con especial atención al modelo de cuidados de larga duración, promoviendo la innovación y un modelo de atención centrado en las personas.

Este plan nacional (PRTR), que detalla las inversiones y reformas en el periodo 2021-2023, se constituyó como una primera fase avanzando que, a partir de 2022, se irían movilizando los créditos asignados a España para financiar inversiones y reformas de magnitud variable, así como para completar el conjunto de programas de inversión más allá de 2023.

El PRTR recibió la evaluación positiva de la Comisión Europea, el 16 de junio de 2021, siendo avalada por el Consejo (UE), el 13 de julio de 2021, mediante una Decisión de Ejecución para su seguimiento, cuyo Anexo identifica 220 hitos y 196 objetivos a cumplir, con un calendario para su ejecución. En concreto, prevé en el Componente 22, para su Inversión 1 (C22.I1): “Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología”, y en el objetivo operativo 323, que la implementación de las medidas esté terminada a más tardar el 31 de diciembre de 2023.

A nivel interno, para instrumentalizar jurídicamente la ejecución de los proyectos con cargo a los Fondos Europeos, y que las Administraciones intervinientes puedan acordar la relación de proyectos, sus objetivos, hitos, calendarización de cada uno, así como su financiación, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia prevé, entre otros medios, los convenios de colaboración.

De este modo, y de conformidad con lo establecido en el Acuerdo, de 30 de abril de 2021, del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) para la distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 del PRTR, en fecha 27 de agosto de 2021, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. En el Convenio se prevé, integrado en el componente 22, como se ha indicado, la línea de inversión la C22.I.1 y, en ella, el proyecto de “Mejora de infraestructuras y equipamientos en la red de centros para cuidados de larga duración” propuesto por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

En desarrollo de estos objetivos, y en ejercicio de su actividad de fomento, la Consejería de Bienestar Social publicó la Orden 67/2022, de 30 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la financiación de proyectos de construcción de residencias destinadas a personas mayores en Castilla-La Mancha, con cargo al PRTR, que ahora se modifica. En ella se convocaron tres líneas de subvenciones para la construcción de ocho residencias para personas mayores, a ejecutar por entidades privadas mercantiles y entidades sociales sin ánimo de lucro, y a financiar, con carácter plurianual para los ejercicios 2022 y 2023, en el marco de los fondos europeos New Generation EU.

Tras la tramitación del procedimiento establecido, por Resolución, de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Mayores, se resolvió la convocatoria que fue notificada a las entidades solicitantes y publicada, el 30 de octubre de 2022, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. En la base Duodécima, apartado 1, de la citada Orden se establece que el periodo al que se podrán imputar los gastos comenzará a partir de la fecha de la resolución de concesión hasta el 31 de diciembre de 2023.

No obstante, con posterioridad, se dictó el Acuerdo del Consejo Territorial de SAAD, de 14 de octubre de 2022, sobre la aprobación de la distribución territorial de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del Componente 22 correspondientes al ejercicio económico 2022, fijando un plazo para cumplir con el objetivo CID 323, de la línea de inversión C22.I1 del Componente 22, que termina el segundo trimestre de 2026.

Y, recientemente, España ha aprobado la Adenda al PRTR por Acuerdo del Consejo de Ministros, el 6 de junio de 2023, que detalla reformas e inversiones adicionales hasta 2026. Además, con esa misma fecha, presentó a la Comisión Europea el plan nacional modificado, incluyendo, entre otras, una solicitud motivada para que haga una propuesta de modificación de la Decisión de Ejecución del Consejo, de 13 de julio de 2021, de conformidad con el artículo 21.1 del Reglamento (UE) 2021/241, puesto que el PRTR ya no es plenamente realizable en el calendario previsto en el Plan original porque limitaciones de diversa índole por el lado de la oferta, combinadas en algunos casos con una elevada inflación, han retrasado su aplicación o han afectado a su ambición original. Esto afecta, entre otros, al objetivo CID con el número secuencial 323 “Plazas residenciales, no residenciales y centros de día” de la medida I1 (inversión: Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología) en el marco del Componente 22, solicitando que se amplíe el calendario de ejecución de este objetivo.

Ante esta petición, el Consejo (UE), tras la evaluación positiva del plan modificado de España dada por la Comisión Europea, el 2 de octubre de 2023, ha acordado que la Decisión de ejecución del Consejo, de 13 de julio de 2021, debe modificarse en consecuencia, aprobando, el 9 de octubre de 2023 el anexo revisado de la decisión de ejecución del consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo (UE) (ST 10150/2021; ST 10150/2021 ADD 1 REV 1), de 13 de julio de 2021, fijando que la ejecución de la medidas de la Inversión C22.I1, objetivo CID 323, deberá estar terminada a más tardar el 30 de junio de 2026. La Adenda al PRTR ha recibido la aprobación del Consejo de Ministros de Finanzas de la Unión Europea el 17 de octubre de 2023.

Por último, en cuanto al plazo de ejecución, ha de señalarse que, mediante Acuerdo de 24 de octubre de 2023, del Consejo Territorial del SAAD, se autoriza la propuesta de la distribución territorial entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, para su sometimiento a dicho Consejo de los créditos del presupuesto para 2023, para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22, previéndose, igualmente, en su Anexo I, componente 22, línea C22.I1 y Objetivo 323, que: - “El plazo del cumplimiento del objetivo termina el segundo trimestre de 2026”-.

En consecuencia, habiéndose previsto que el plazo del cumplimiento del objetivo 323, tanto en los últimos Acuerdos del Consejo Territorial del SAAD mencionados, como en el Anexo revisado de la Decisión de Ejecución del Consejo (UE), termina el segundo trimestre de 2026; y por las mismas razones que motivaron la modificación de la redacción del calendario original, corresponde adaptar la Orden 67/2022, de 30 de marzo, a lo establecido en aquellos instrumentos jurídicos y a fin de posibilitar la efectiva consecución de las medidas de inversión descritas.

Por otro lado, y para finalizar, habiéndose aprobado tras la publicación de la Orden 67/2022, de 30 de marzo, el Plan Específico de Medidas Antifraude para la gestión de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Consejería de Bienestar Social, por Resolución, de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de esta Consejería, se incluye una base vigesimocuarta indicando los canales de comunicación antifraude de acuerdo con lo establecido en el apartado 6.2.3 del Plan de Medidas Antifraude aprobado por Consejo de Gobierno, el 8 de febrero de 2022.

De acuerdo con lo expuesto, en virtud de lo establecido en los artículos 10 Vínculo a legislación y 12 Vínculo a legislación de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos; y en uso de la competencia atribuida por el artículo 73.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre Vínculo a legislación, en relación con lo establecido en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre Vínculo a legislación, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como lo preceptuado en el Decreto 111/2023, de 25 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Bienestar Social,

Dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden 67/2022, de 30 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la financiación de proyectos de construcción de residencias destinadas a personas mayores en Castilla-La Mancha, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La Orden 67/2022, de 30 de marzo, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la financiación de proyectos de construcción de residencias destinadas a personas mayores en Castilla-La Mancha, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. El apartado 1 de la base duodécima queda redactado como sigue:

“1. El periodo al que se podrán imputar los gastos comenzará a partir de la fecha de la resolución de concesión hasta el 31 de marzo de 2026. Únicamente podrán presentarse proyectos cuyas obras no hayan dado comienzo a la fecha de publicación de esta convocatoria.”

Dos. Se añade una nueva base vigesimocuarta con la siguiente redacción:

“Vigesimocuarta. Mecanismo para informar de las posibles sospechas de fraude.

1. Es de aplicación a esta Orden el Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, aprobado mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 8 de febrero Vínculo a legislación de 2022, y el Plan Específico de Medidas Antifraude para la gestión de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Consejería de Bienestar Social, aprobado por Resolución, de 12 de abril de 2022, de la Secretaría General de la Consejería.

2. A efectos de facilitar la remisión a las autoridades competentes de cualquier información relevante en la lucha contra el fraude a los intereses financieros de la Unión Europea, y en el marco de las funciones de coordinación que corresponden a la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Consejería de Bienestar Social en dicho ámbito, de acuerdo con el apartado tercero.2.h) de la Resolución, de 9 de marzo de 2022, de la Secretaría General, por la que se constituye en la Consejería de Bienestar Social la Unidad para la Coordinación y el Seguimiento de la Gestión del Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, puede comunicarlo a través del canal habilitado al efecto en el siguiente enlace: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/Paginas/ComunicacionSNCA.aspx informando de la interposición de esta comunicación mediante el envío de un correo electrónico a la dirección [email protected]

Disposición final primera. Régimen de recursos.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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