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Independencia o superioridad
Siendo los tres poderes independientes deberíamos tener en cuenta su origen a la hora de analizar su independencia.
El congreso, y esa cosa que se llama Senado, representan al pueblo. Que esa representación sea inconstitucional porque es un burla de ley (art. 6,4 sobre la que hay que tomar medida, art 7.2 CC ar evita que prospere) es un asunto que siendo esencia es margina en este momento Pero que el valor del voto sea distinto según el lugar en el que resides viola el art. 14 y por eso la ley electoral y aún la propia constitución son inconstitucionales, pues eso consiste en una discriminación por una condición persona lo social. Nadie puede estar por encima del pueblo ¿o tampoco es verdad que en él reside la soberanía?
o que hay que eliminar es el blindaje que tienen sus señorías frente al poder judicial. Es, igualmente, una discriminación por una condición persona lo social.
Otra cosa seria que la sanción por litigio temerario pudiera ser mayor en tención al perjuicio producido en el querellado o demandado. Eso exigiría una tutela judicial efectiva, otro fraude de ley, porque lo que hay es una tutela judicial INEFECTIVA, ´ad calendas graecas´", que es lo que ocurre en la actualidad por insuficiencia de persona en los juzgados
Escrito el 28/12/2023 6:17:08 por Alfonso J. Vázquez
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