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Bases reguladoras de ayudas a proyectos de consumo de agua

07/12/2023
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Orden EMT/265/2023, de 30 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras que deben regir la convocatoria de ayudas a proyectos destinados a reducir el consumo de agua mediante la reutilización y el ahorro por parte de los establecimientos que presten servicios de alojamiento turístico (DOGC de 5 de diciembre de 2023). Texto completo.

ORDEN EMT/265/2023, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A PROYECTOS DESTINADOS A REDUCIR EL CONSUMO DE AGUA MEDIANTE LA REUTILIZACIÓN Y EL AHORRO POR PARTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE PRESTEN SERVICIOS DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO.

El sector turístico es un sector muy importante en Cataluña, con una larga tradición y estructuras sociales, económicas, territoriales y culturales. Actualmente, el sector se encuentra en un cambio de gran complejidad, que implica, entre otros aspectos, hacer frente a los retos ambientales de las próximas décadas, que forman parte de las prioridades de la política común de la Unión Europea (UE), entre los que encontramos una reducción del consumo y una gestión más eficiente del agua. Asimismo, garantizar la disponibilidad y una gestión sostenible del agua es también uno de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030.

Tal y como recoge el Compromiso nacional por un turismo responsable firmado el 23 de marzo de 2023, el turismo catalán quiere ser un sector estratégico del país en la lucha contra el cambio climático, en la descarbonización de la economía, en la preservación de la biodiversidad, en la eficiencia energética, en el uso racional de unos recursos cada vez más escasos y en la reducción de los residuos.

La mitigación y adaptación al cambio climático son una pieza de un sistema complejo de reorientación de la actividad turística, según criterios de sostenibilidad ambiental. El turismo en Cataluña ha iniciado desde hace décadas un proceso de reconversión y adaptación basado en la eficiencia energética, la reducción del consumo de agua y la huella hídrica y la reducción de residuos.

El agua es un recurso limitado y, dada la actual crisis climática, en los próximos años se prevén abundantes episodios de sequía y escasez de agua. El sector turístico es un gran consumidor de agua y al mismo tiempo tiene una gran vinculación al medio acuático. La utilización de medidas de reutilización y uso sostenible del agua es fundamental para disponer de este recurso en cantidad y calidad suficientes.

Los estudios muestran una diversidad muy amplia del consumo de agua de los y las turistas, más moderada en Europa que en Asia y América. Los consumos varían según la tipología turística o la calidad de los establecimientos, pero el consumo medio de agua de los y las turistas sigue siendo superior al consumo de la población residente en la zona turística.

El sector turístico catalán se fija el objetivo de asimilar el consumo medio de agua de los y las turistas al consumo de la población residente en el año 2040. Para alcanzar este objetivo, deben multiplicarse los esfuerzos en la eficiencia hídrica de los establecimientos turísticos implementando medidas de reducción y reutilización. Es decir, es necesario un cambio de paradigma que favorezca el ahorro, la eficiencia y el uso sostenible del agua en general.

Asimismo, cabe recordar que el Plan estratégico de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Catalunya para el período 2022-2025 recoge expresamente el objetivo de alcanzar y reforzar un modelo de turismo responsable, sostenible e inteligente. Concretamente, se establece como objetivo departamental favorecer la transformación del sector turístico, para que sea de mayor calidad y con mayor sostenibilidad ambiental, económica y social. Entendemos, pues, que toda medida o actuación destinada a reutilizar y ahorrar agua implicará acercarnos a la consecución de los objetivos previstos en el citado Plan.

En este contexto de cambio es necesario realizar inversiones, y, a consecuencia de la crisis derivada de la COVID-19, el sector turístico se encuentra con dificultades para iniciar cualquier tipo de inversión.

Vista esta dificultad, se ha considerado oportuno aprobar una línea de ayudas para proyectos destinados a reducir el consumo de agua mediante la reutilización y el ahorro por parte de los establecimientos que presten servicios de alojamiento turístico. El objetivo es que los establecimientos que presten servicios de alojamiento turístico puedan realizar las inversiones necesarias para alcanzar los mencionados objetivos de reducción y reutilización de agua en sus establecimientos.

A la línea de financiación establecida en esta Orden le será de aplicación el régimen de ayudas de Estado que dictan la normativa nacional y comunitaria.

Dado que el artículo 4.h) y 4.j) del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, dispone que corresponde a la Generalitat el establecimiento de auxilios económicos a favor de las corporaciones locales, las entidades y particulares para la realización de actuaciones de interés público en relación con el ciclo del agua en Cataluña, como la promoción y ejecución de las actuaciones de política hidrológica que son necesarias para paliar los déficits y desequilibrios que existen en Cataluña;

Dado el artículo 3.3 del Decreto 184/2022, de 10 de octubre, de denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos en los que se organiza el Gobierno y la Administración de la Generalitat de Catalunya, el Departamento de Empresa y Trabajo tiene competencia en turismo y, por tanto, puede otorgar ayudas a establecimientos que presten servicios de alojamiento turístico;

Dada la aplicación del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (DOUE L 187, de 26.6.2014) y del Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24.12.2013);

Dado lo que establecen el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio;

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas para proyectos destinados a reducir el consumo de agua mediante la reutilización y el ahorro por parte de los establecimientos que presten servicios de alojamiento turístico en Cataluña.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

(ANEXOS OMITIDOS)

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