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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5206-2023

28/11/2023
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5206-2023, en relación con el inciso "sin que en ningún caso pueda ser inferior a cinco mil euros" del artículo 17 bis.Tres b) de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, por posible vulneración del artículo 25 CE (BOE de 28 de noviembre de 2023). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5206-2023, EN RELACIÓN CON EL INCISO "SIN QUE EN NINGÚN CASO PUEDA SER INFERIOR A CINCO MIL EUROS" DEL ARTÍCULO 17 BIS.TRES B) DE LA LEY ORGÁNICA 8/2007, DE 4 DE JULIO, SOBRE FINANCIACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, POR POSIBLE VULNERACIÓN DEL ARTÍCULO 25 CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de noviembre de 2023, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5206-2023 planteada por Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo núm. 1-2022, en relación con el inciso “sin que en ningún caso pueda ser inferior a cinco mil euros” del artículo 17 Vínculo a legislación bis.Tres b) de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, por posible vulneración del artículo 25 Vínculo a legislación CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el recurso contencioso-administrativo núm. 1-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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