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Organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública

24/11/2023
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Decreto Foral 253/2023, de 15 de noviembre, por el que se extingue el organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública (INAP) (BON de 24 de noviembre de 2023). Texto completo.

DECRETO FORAL 253/2023, DE 15 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE EXTINGUE EL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO NAVARRO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP).

El Decreto Foral 73/2023, de 30 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, determina en su disposición transitoria primera que hasta tanto no se proceda a la extinción del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública en la forma establecida en el artículo 54 Vínculo a legislación de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, dicho organismo autónomo permanece adscrito a la Dirección General de Función Pública.

El artículo 54.2 Vínculo a legislación de la Ley 11/2019 de 11 de marzo, establece las causas de extinción de los organismos públicos. Concretamente, la letra b) del citado artículo establece como causa de extinción la asunción por los servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra de la totalidad de los fines y objetivos del organismo público, y la letra f) recoge también como causa el acuerdo motivado del Gobierno de Navarra.

De acuerdo con el artículo 6.2 Vínculo a legislación de la citada Ley Foral 11/2019, la Administración Pública Foral ajustará su organización y funcionamiento, entre otros, a los principios de economía y adecuada asignación de los medios a los objetivos institucionales, y eficiencia en la asignación y en la utilización de los recursos públicos.

En consecuencia, de acuerdo con los principios expuestos, y considerando las sinergias y la gran relevancia de la misión del INAP en aspectos de la función pública como la provisión de puestos o la carrera profesional y resto de derechos del personal empleado público, resulta oportuno integrar los fines y objetivos de este organismo autónomo de modo que, tras su extinción como tal, sean asumidos por la Dirección General de Función Pública en el Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

A este respecto el artículo 54 Vínculo a legislación de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que la extinción de los organismos públicos se producirá por decreto foral del Gobierno de Navarra, a propuesta de la persona titular del departamento de adscripción, y previo informe de los departamentos competentes en materia de función pública, organización administrativa y economía.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Interior, Función Pública y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día quince de noviembre de dos mil veintitrés,

DECRETO:

Artículo 1. Extinción del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública (INAP).

Queda extinguido el organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública (INAP), regulado por Decreto Foral 261/2019, de 30 de octubre Vínculo a legislación, por el que se crea el Organismo Autónomo Instituto Navarro de Administración Pública y se aprueban sus estatutos.

Artículo 2. Régimen de adscripción del personal.

El personal fijo y temporal del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública (INAP) pasará a depender orgánicamente de la Dirección General de Función Pública del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, excepto el personal del Servicio de la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra que pasará a depender orgánicamente de la Dirección General de Interior del mismo departamento.

Artículo 3. Bienes y derechos.

El conjunto de bienes y derechos resultantes de la extinción continúan vinculados a los mismos fines y funciones, quedando adscritos al Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

Disposición transitoria única.-Subsistencia de unidades.

Quedan subsistentes y conservarán su actual denominación y funciones, hasta que se adopten las medidas de desarrollo del decreto foral de estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, las unidades orgánicas de rango inferior a sección, adscribiéndose provisionalmente a los órganos de la nueva estructura del referido departamento de acuerdo con las funciones que venían desempeñando.

Disposición derogatoria única.-Derogaciones normativas.

Queda derogado el Decreto Foral 261/2019, de 30 de octubre Vínculo a legislación, por el que se crea el Organismo Autónomo Instituto Navarro de Administración Pública y se aprueban sus estatutos, y cuantas otras disposiciones se opongan a lo regulado en este decreto foral.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor y producirá los efectos que en él se establecen cuando entre en vigor el decreto foral que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia.

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