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Paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base

20/11/2023
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Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se modifica la Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020) que se citan, y su extracto (BOJA de 17 de noviembre de 2023). Texto completo.

ORDEN DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2023, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 2 DE MAYO DE 2023, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2023 LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, POR LA PARALIZACIÓN TEMPORAL DE LA ACTIVIDAD PESQUERA DE LA FLOTA PESQUERA Y MARISQUERA CON PUERTO BASE EN ANDALUCÍA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO DEL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE LA PESCA (2014-2020) QUE SE CITAN, Y SU EXTRACTO.

Mediante la Orden de 2 de mayo de 2023, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 90, de 15 de mayo de 2023, se convocaron las siguientes ayudas:

a) Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de palangre de superficie que faena en el caladero Mediterráneo, que ha tenido lugar del 1 de enero al 31 de marzo de 2023.

b) Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero Mediterráneo, que ha tenido lugar del 1 de marzo al 14 de abril de 2023.

c) Ayuda a la parada temporal de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de arrastre que faena en el caladero Golfo de Cádiz, que ha tenido lugar del 16 de septiembre al 31 de octubre de 2023.

d) Ayuda a la parada temporal de la flota de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la captura de la chirla (Chamellea gallina) en el caladero Golfo de Cádiz, que ha tenido lugar del 20 de marzo al 30 de junio de 2023.

e) Ayuda a la parada temporal de la flota de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, que ha tenido lugar del 1 al 31 de mayo de 2023.

Los créditos convocados para estas ayudas son los siguientes:

Tabla omitida.

Dado que el número de solicitudes presentadas a día de hoy en relación con las paradas temporales de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de palangre de superficie y de cerco, que faenan en el caladero Mediterráneo, de la modalidad de arrastre que faena en el caladero Golfo de Cádiz y de la modalidad de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, ha superado con mucho las presentadas en las convocatorias anteriores, se hace necesario modificar la citada orden de convocatoria, incrementando los créditos convocados.

Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de la referida Orden de 2 de mayo de 2023 y de su extracto, y en virtud de la competencia que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto , por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo ,

RESUELVO

Primero. La modificación de la Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se convocan para el año 2023, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).

Uno. Se modifica el apartado 1 del resuelvo primero, que queda redactado como sigue:

“1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2023, al amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), las ayudas que se citan en el Anexo III de esta orden, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican en el referido anexo, siendo el importe total disponible para esta convocatoria de 4.085.000 euros, no pudiendo superarse la citada cuantía.”

Dos. Se modifica el Anexo III, que queda redactado como sigue:

Tabla omitida.

Segundo. La modificación del Extracto de la Orden de 2 de mayo de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).

Uno. Se modifica el punto 1 del apartado primero, que queda redactado como sigue:

“1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2023, al amparo de la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), las ayudas que se citan en el Anexo III de la orden de convocatoria, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican en el referido anexo, siendo el importe total disponible para esta convocatoria de 4.085.000 euros, no pudiendo superarse la citada cuantía.”

Dos. Se modifica el anexo, que queda redactado como sigue:

Tabla omitida.

Tercero. Esta modificación no supone la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes para estas ayudas.

Cuarto. La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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