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Incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria

17/11/2023
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Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se amplía el crédito presupuestario contenido en la Resolución de 17 de julio de 2023, por la que se realiza la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía (BOJA de 16 de noviembre de 2023). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2023, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE INDUSTRIA Y MINAS, POR LA QUE SE AMPLÍA EL CRÉDITO PRESUPUESTARIO CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN DE 17 DE JULIO DE 2023, POR LA QUE SE REALIZA LA PRIMERA CONVOCATORIA EN EL EJERCICIO 2023 DE LOS INCENTIVOS PARA LA INFRAESTRUCTURA BÁSICA DE PROYECTOS DE LA INDUSTRIA EN ANDALUCÍA.

Mediante Orden de 22 de junio Vínculo a legislación de 2023, de la Consejería de Industria, Energía y Minas (BOJA núm. 122, de 28 de junio), fueron aprobadas las bases reguladoras para la concesión de incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía.

En este sentido, mediante Resolución de 17 de julio de 2023, de la Secretaría General de Industria y Minas, fue realizada la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía (BOJA núm. 140, de 24 de julio), por una cuantía máxima de 2.300.000 euros conforme a su Resuelvo Octavo. 1.

Realizado un reajuste de anualidades dentro de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022 de los incentivos complementarios de los incentivos económicos regionales, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por Orden de 22 de noviembre Vínculo a legislación de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos tractores de grandes empresas de la industria manufacturera y la logística avanzada en Andalucía, resultó liberado un crédito dentro de la anualidad 2023 por importe de 1.844.937 euros.

Mediante Resolución de 2 de octubre Vínculo a legislación de 2023, de la Secretaría General de Industria y Minas, y previa fiscalización favorable por la Intervención Delegada, fue ampliado el crédito presupuestario contenido en la Resolución de 17 de julio de 2023, por la que se realiza la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía, hasta 4.144.937 euros (BOJA núm. 196, de 11 de octubre).

Realizado por esta Secretaría General un análisis del crédito disponible dentro de los Capítulos II, VI y VII del programa 73B y que se prevé que no va ser ejecutado en el presente ejercicio, procede aumentar la cuantía máxima de la convocatoria a fin de aumentar las solicitudes que puedan resultar beneficiarias.

A la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por el Título VII del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, atendiendo a lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio Vínculo a legislación, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 163/2022, de 9 de agosto Vínculo a legislación, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, actual Consejería de Industria, Energía y Minas,

RESUELVO

Primero. Declaración de créditos disponibles.

1. Se amplía en 2.166.639,99 euros la cuantía del crédito disponible destinado a la Resolución de 17 de julio de 2023, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que ha sido realizada la primera convocatoria en el ejercicio 2023 de los incentivos para la infraestructura básica de proyectos de la industria en Andalucía (BOJA núm. 140, de 24 de julio).

2. El importe de la ampliación se adicionará a los 4.144.937 euros convocados en la mencionada resolución y ampliados posteriormente, resultando una cuantía total de 6.311.576,99 euros, desglosada como sigue:

Tabla omitida.

Segundo. Eficacia de la resolución.

La eficacia de la presente resolución se producirá con la publicación de esta en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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