Diario del Derecho. Edición de 13/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/11/2023
 
 

TS

El Supremo confirma la sanción que obliga al Getafe a cerrar su estadio un partido por incidentes violentos

10/11/2023
Compartir: 

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la decisión que ya adoptó el pasado junio de respaldar la sanción al Getafe CF, que le obliga a clausurar su estadio un partido, por los incidentes violentos registrados en 2017 durante un encuentro de ascenso a Primera División contra el CD Tenerife, tras revisar el caso nuevamente por un error procesal.

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

En la sentencia del 29 de junio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó el recurso de la Abogacía del Estado, avalando así la sanción impuesta en su día al Getafe por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), al considerar que no era incompatible con la dictaminada también por la Delegación del Gobierno en Madrid, consistente en dos multas de 4.000 y 3.001 euros.

Sin embargo, el club presentó un incidente de nulidad en el Supremo alegando que por un error no se le había tenido por personado hasta después de dictar sentencia, por lo que pidió retrotraer las actuaciones "hasta el momento en que de forma legal y efectiva se tenga a dicha entidad deportiva como personada" para que pueda hacer las alegaciones oportunas.

Poco después, el 24 de julio, la Sala Tercera dio la razón al Getafe, dejando sin efecto su propia sentencia del 29 de junio a fin de que el club pudiera personarse correctamente y argumentar lo que considerara.

Ahora, al retomar el caso en ese punto, el Supremo, en una ponencia del magistrado Pablo Lucas, vuelve a estimar el recurso de la Abogacía del Estado, descartando, en contra de lo que argumentó el Getafe, que la existencia de dos sanciones --la de la RFEF y la de la Delegación del Gobierno-- supusiera castigar dos veces unos mismos hechos.

Los magistrados explican que, "si unos mismos hechos han dado lugar a varias consecuencias jurídicas, la razón no es otra que la de imponer la existencia de dos órdenes normativos que rigen a la vez los acontecimientos deportivos y responden a fundamentos distintos".

Así, indican que, por un lado, están los preceptos que se ocupan del orden público y de la seguridad en el desarrollo de los eventos deportivos, que son aplicados por la Delegación del Gobierno en Madrid y que se tradujeron en la imposición de dos multas al Getafe: una por no haber impedido la introducción de un bote de humo que se encendió en el curso del partido y otra por no haber prevenido la invasión del terreno de juego que se produjo al acabar el encuentro.

Por otro lado, completa el Supremo, están los preceptos propios de la disciplina deportiva, recogidos en el Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol, que miran "al correcto desarrollo de los partidos".

"Por tanto, se puede, efectivamente, sancionar lo sucedido en el 'Coliseum Alfonso Pérez' el 24 de junio de 2017 con las multas impuestas por la Delegación del Gobierno en Madrid, por el peligro real que supusieron los hechos violentos considerados para las personas y los bienes, y con la sanción impuesta por el órgano competente en materia de disciplina deportiva", la RFEF, "por la intensa alteración del desarrollo del encuentro que originó lo sucedido", señala el TS.

GETAFE VS TENERIFE

El partido donde ocurrió todo fue la vuelta de la segunda eliminatoria de la fase de ascenso del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División disputado el 24 de junio de 2017 en el Coliseum Alfonso Pérez entre el Getafe y el Tenerife.

En el minuto 67, varios cientos de aficionados visitantes situados en la esquina del Fondo Norte entonaron "de forma coral y coordinada" el cántico, referido al jugador local Sergio Mora, "asesino, asesino", y en el minuto 68 "puta Getafe, puta Getafe".

Posteriormente, en el minuto 95, se produjo la ignición de un bote de humo en el Fondo Sur Bajo, donde se ubican los aficionados locales del 'Comando Azul' y se hicieron en ese mismo lugar "preparativos para invadir el campo de juego a la finalización del partido".

Una vez acabado el encuentro, los aficionados locales invadieron el terreno e impidieron a jugadores y al equipo arbitral alcanzar los vestuarios. Después se dirigieron a la zona en la que estaban los aficionados visitantes para provocarles. Estos respondieron con el lanzamiento de asientos. Por último, la Policía cargó contra los aficionados visitantes mientras los empleados de seguridad del estadio "intentaban aplacar a los aficionados locales".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana