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La jura de la Princesa: una firme esperanza; por Manuel Aragón, catedrático emérito de Derecho Constitucional y magistrado emérito del Tribunal Constitucional

30/10/2023
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El día 30 de octubre de 2023 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Manuel Aragón en el cual el autor opina que el acto de jura de la Princesa encarna un símbolo de permanencia para nuestro sistema democrático, tan erosionado por el radicalismo, la polarización y la irresponsabilidad de algunos partidos y cargos públicos.

LA JURA DE LA PRINCESA: UNA FIRME ESPERANZA

La jura de la Constitución por la heredera de la Corona, D.ª Leonor de Borbón, Princesa de Asturias, no simboliza solo la continuidad de nuestra Monarquía parlamentaria, sino también la propia continuidad de nuestro sistema constitucional democrático, que tiene en ese tipo de Monarquía una institución clave para su perpetuación.

Es cierto que la cualidad de Princesa heredera la recibe D.ª Leonor desde su nacimiento, gracias al orden regular de sucesión en el trono previsto en el artículo 57 de la Constitución. Sin embargo, el acto solemne de prestar el juramento de “desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas”, así como “de fidelidad al Rey”, según dispone el artículo 61, añade un significado institucional de extraordinaria importancia a esa cualidad de Princesa heredera. Se formaliza así públicamente en el momento en que, como persona, adquiere la plena capacidad de obrar al cumplir los 18 años su compromiso de servir al ordenamiento constitucional y al cometido que como Princesa heredera podrá desempeñar.

Es un acierto que ese acto de juramento se realice el mismo día, 31 de octubre, en que la Princesa cumple la mayoría de edad, que es, por demás, la interpretación más fiel que se desprende de lo previsto en el artículo 61.2 de la Constitución, como igualmente sucedió cuando el 30 de enero de 1986 ese juramento como Príncipe heredero lo prestó su padre D. Felipe de Borbón. Y será también un acierto que la ceremonia se desarrolle del modo ejemplar en que entonces, por feliz acuerdo entre la presidencia del Congreso, el Gobierno y la Casa Real, se llevó a cabo. No se me olvida el excelente y medido discurso en aquella ocasión de Gregorio Peces-Barba como presidente del Congreso (y en aquel acto, de las Cortes Generales), así como la firmeza con que el Príncipe heredero prestó su juramento.

Ellos fueron los únicos protagonistas del acto, como debe ser, y aquel juramento no lo fue exactamente ante el Rey, el Gobierno y las demás autoridades del Estado que estaban presentes en la Cámara, ni siquiera ante el propio presidente del Congreso, sino (como dispone el artículo 61 de la Constitución) “ante las Cortes Generales”. Aunque ese dual protagonismo no debe inducir a confusión sobre la naturaleza jurídica del juramento.

Por ello conviene aclarar que el juramento no es un acto bilateral que requiriese el concurso de dos voluntades, la del Príncipe heredero (hoy la Princesa heredera), que jura, y la de las Cortes Generales, que dieran por bueno ese juramento, sino un acto unilateral que, por disposición constitucional, realiza el Príncipe heredero (hoy la Princesa heredera) “ante” las Cortes (el Congreso y el Senado reunidos al efecto en sesión conjunta) como institución representativa de todos los ciudadanos españoles. En definitiva, el juramento no precisa de ningún tipo de aceptación por las Cortes Generales, sino que adquiere su plena eficacia por el solo hecho de esa unilateral y pública declaración que efectúa quien, también por disposición constitucional, está llamado a ser en el futuro titular de la Corona. El acto refuerza así de manera solemne la continuidad de nuestra Monarquía parlamentaria, que es la “forma política del Estado” que acogieron los constituyentes con todo acierto, como la historia política española de los últimos 40 años ha venido demostrando.

Los problemas que tuvo D. Juan Carlos en los últimos tiempos de su reinado no deben ensombrecer el mérito de su contribución para que España pasase de manera pacífica y ordenada de la dictadura a la democracia, para mantener a esta con éxito en el plano interno e internacional y para defenderla cuando en 1981 estuvo en grave peligro. Pero, además, hoy los españoles tenemos la fortuna de contar con un Rey ejemplar, D. Felipe VI, riguroso cumplidor de sus funciones constitucionales, que, desde el primer momento de su acceso al trono, declaró que su pretensión era la de traer una “Monarquía renovada para un tiempo nuevo”.

Y así ha sido, tanto en su vida personal como en su cometido institucional, introduciendo transparencia y control en la gestión interna de la propia Monarquía, actuando siempre con prudencia, pero también con firmeza cuando en 2017 se puso en alto riesgo nuestro sistema constitucional. Todo ello, además, sin salirse ni un ápice de sus funciones de Monarca parlamentario de “advertir, animar y ser consultado” en los asuntos públicos de especial relevancia, apelando al interés general por encima de cualesquiera otros intereses parciales económicos, políticos o sociales, y postulando, en suma, que “las soluciones a los problemas de España llegarán de la unidad, nunca de la división”, como hace muy pocos días declaró en el acto de entrega de los Premios Princesa de Asturias.

También creo que tenemos la fortuna de contar con una Princesa heredera que ya ha mostrado una actitud igual que la de su padre para cumplir las funciones que el futuro le demande, como proclamó en ese mismo acto al que acabo de referirme, en el que afirmó: “Soy consciente de cuál es mi deber y de lo que implican mis responsabilidades”. Ella es una esperanza, como dije al comienzo, no sólo para la permanencia de nuestra Monarquía parlamentaria, sino también de nuestro sistema constitucional democrático, tan erosionado en estos momentos por el radicalismo, la polarización y la irresponsabilidad de algunos partidos políticos y de algunos cargos públicos.

Porque el destino de nuestra democracia está ligado al de nuestra Monarquía. No en vano nuestro Rey, D. Felipe VI, ha reconocido reiteradamente la unión indisoluble entre la Constitución y la Corona. En nuestra Monarquía parlamentaria, por la Constitución el Rey reina, observando la Constitución el Rey se mantiene y, a mi juicio, conservando la Monarquía se preservan la propia Constitución, la estabilidad y permanencia del Estado y la unidad de la nación española.

Por ello, la imagen de esta joven Princesa jurando la Constitución, solemnizando su compromiso de servirla fielmente, ahora y en el futuro, introduce una especie de aire fresco en la atmósfera enrarecida que hoy nos abruma. Estoy seguro de que la sociedad española, que está por fortuna menos polarizada que la llamada clase política, puede encontrar en esa imagen un signo de estabilidad, un motivo de optimismo para salir de la penosa situación institucional en que ahora nos encontramos.

Frente a la actual e ingrata coyuntura política, el mantenimiento de nuestra Monarquía parlamentaria es una de las razones que aún nos quedan para confiar en que también pueda mantenerse el pacto fundante de lo mejor que a España le ha ocurrido en siglos: la Transición y la Constitución. Un pacto basado en el consenso, la tolerancia y la concordia, que hizo posible entender que la unidad del Estado era compatible con la pluralidad política y territorial, y que España es una nación de ciudadanos libres e iguales en sus derechos. Y un pacto a través del que democracia y Monarquía se fundieron en una forma política extraordinariamente fecunda, como es la Monarquía parlamentaria, cuyas ventajas, frente a otras formas políticas, han sido bien, y comparativamente, acreditadas.

Es cierto que, en el futuro, cuando se den las condiciones de estabilidad política que ahora desafortunadamente no se dan, convendría reformar la Constitución para hacer desaparecer la discriminación de la mujer frente al varón a la hora de la sucesión en la Corona, ya que la conciencia social y política actual no se corresponde con esa diferencia. Pero también es cierto que tal reforma no es urgente, porque la naturaleza, en el caso de la sucesión de nuestro Rey actual, le ha dado una perfecta solución, evitando así que haya tenido que sobreponerse un varón sobre una mujer. Esto ha producido la feliz ocasión, tan representativa de los valores de nuestro tiempo, de que tengamos a una mujer como sucesora en el trono, que, en un futuro que deseamos lejano, se convertirá en la Reina de todos los españoles.

El ejemplo que recibe de sus padres, la adecuada formación que está adquiriendo para desempeñar ahora sus funciones de Princesa heredera, y que seguirá adquiriendo en el futuro para desempeñar sus funciones de Reina de España, hacen de la Princesa de Asturias un símbolo valioso para que remontemos los momentos difíciles que puedan perturbar el funcionamiento regular de las instituciones y la pacífica convivencia ciudadana. Por todo ello, y no sólo por el importante significado jurídico que tiene su juramento de la Constitución, el acto solemne del día 31 de octubre de 2023 adquiere una relevancia política y social incuestionable.

Ver mañana la imagen de esta joven Princesa tan exacta cumplidora de sus obligaciones puede servir de modelo para los españoles de su generación, que necesitan de buenos ejemplos para no perder la esperanza en un futuro mejor. Verla junto al Rey, su padre, representando enlazados el compromiso permanente de servir a los intereses generales, resulta un consuelo para todos los españoles, también necesitados, como estamos, de un alivio que nos haga recobrar la ilusión de que institucionalmente la España constitucional y democrática sobrevivirá pese a los sañudos empeños de algunos por destruirla.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Cuando hoy Dª Leonor Borbó jure la CE78
¿qué va a respetar:
a.- el art, 14 que dice que todos somos iguales ante la ley sin que haya discriminaciones por razón personales - ser hijo de su padre - o socilaes - ser princesa heredera de su abuelo que fue nombrado rey por Franco? o
b.- el Titulo II que dice que todos los miermbos de su familia tienen unos derechos que los demás no tenemos ¿por la gracia de Franco o por la gracia de Dios?
Recuerdo que en un recurso de amparo el TC lo inadmitió diciendo que la violación del art. 14 no tiene interés constitucional
Así que y se cual es la respuesta:
Ahora que estamos solos (bis) / vamos a contar mentiras tra-la-rá (tris) / por el mar corren las liebres /(is) por el monte las sardinas, tra-la-rá (tris)
Pero hagamos como si no lo supiéramos y sigamos cantando tra-la-rá

Escrito el 31/10/2023 0:14:28 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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