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Retribuciones del personal al servicio de la Administración

25/10/2023
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Orden PRE/1208/2023, de 20 de octubre, por la que se publican las retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos para el año 2023, en aplicación del incremento retributivo del 0,5% establecido por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOCYL de 24 de octubre de 2023). Texto completo.

ORDEN PRE/1208/2023, DE 20 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE PUBLICAN LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN Y DE SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS PARA EL AÑO 2023, EN APLICACIÓN DEL INCREMENTO RETRIBUTIVO DEL 0,5% ESTABLECIDO POR LA LEY 31/2022, DE 23 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2023.

La Ley 3/2022, de 29 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2023 determina, en su Título IV que, con efectos de 1 de enero de 2023, las retribuciones íntegras del personal al servicio de las entidades públicas del sector público autonómico de la Comunidad de Castilla y León, aplicadas en las cuantías y de acuerdo con los regímenes retributivos vigentes, no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5 por ciento con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos del personal como a la antigüedad del mismo. No obstante, establece que se podrán autorizar variaciones adicionales y complementarias respecto de las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, en los términos que se establezca en la normativa básica estatal.

Por Orden PRE/71/2023, de 18 de enero, se publicaron las retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos para el año 2023.

Esta orden fue modificada por Orden PRE/813/2023, de 22 de junio. Mediante esta orden se modificó el anexo XII de la Orden PRE/71/2023, de 18 de enero, debido al establecimiento desde el 1 de junio de 2023 de la jornada ordinaria de 35 horas semanales y, además se modificaron los anexos XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX, por la entrada en vigor del nuevo Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de esta.

El artículo 19.Dos.1 Vínculo a legislación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 fijó para el personal al servicio del sector público un incremento salarial del 2,5%, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022.

Asimismo, dicha ley en el artículo 19. Dos.2.a) establece que adicionalmente en el año 2023, si la suma de la variación del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 superara el incremento retributivo fijo acumulado de 2022 y 2023, se aplicará un incremento retributivo adicional máximo del 0,5%. Este incremento adicional, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2023. A estos efectos, una vez publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) los datos del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023, se aprobará la aplicación de este incremento mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, que se publicará en el B.O.E.

En el Boletín Oficial del Estado núm. 238 de 5 de octubre se ha publicado la Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en aplicación de lo previsto en el artículo 19. Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Por lo expuesto, procede actualizar las retribuciones del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos para el año 2023.

En las retribuciones que se publican en esta Orden se incluyen las modificaciones introducidas por la Orden PRE/813/2023, de 22 de junio. No obstante, las cantidades determinadas en el anexo XVII de la citada orden, respecto de los complementos de continuidad asistencial (artículo 103 del nuevo convenio colectivo) y de campaña especial de extinción de incendios, en sus dos modalidades (artículo 151.1.A y B del nuevo convenio colectivo), no se incrementan el 0,5%, al no ser retribuciones vigentes al 31 de diciembre de 2022, conforme establece la Ley 3/2022, de 29 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2023

El artículo 71.2 Vínculo a legislación de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León determina que cuando las órdenes afecten a las competencias de varias consejerías se aprobarán, a iniciativa de los consejeros interesados, por el Consejero de Presidencia y Administración Territorial, referencia que en la actualidad debe entenderse realizada a la Consejería de la Presidencia, de acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional del Decreto 1/2022, de 19 de abril Vínculo a legislación, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías.

En su virtud, a iniciativa conjunta de los consejeros de la Presidencia y de Sanidad,

RESUELVO

Reconocer con efectos de 1 de enero de 2023 y por todo el año, el derecho del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos, a la percepción de las cuantías contempladas en los Anexos de la presente Orden.

Anexos

Omitidos.

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