SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sala ha rechazado el recurso presentado por la procesada y ha ratificado su condena como autora de un delito de homicidio intentado, concurriendo la circunstancia de parentesco como agravante.
El TSXG, avala el relato de hechos probados del fallo de primera instancia, en el que los magistrados indican que la mujer, después de haber estado bebiendo bebidas alcohólicas, "aunque en cantidad no precisada y sin que conste que afectaran de alguna manera sus facultades", y de hablar con su hermana, residente en Alemania, se enfadó porque le dijo --o ella así lo entendió-- que su compañero sentimental estaba flirteando con ella.
Entonces, cogió en la cocina un cuchillo, y, "con la intención de matarlo", se lo clavó con fuerza a su pareja en el abdomen. La víctima, que salió a la calle desde su vivienda (en Coruña) buscando ayuda, aunque recorridos unos metros se desplomó, fue trasladada al hospital, "donde recibió la asistencia precisa para salvarle la vida".