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Programa de medidas activas de inserción para personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía y/o en riesgo o en situación de exclusión social

20/10/2023
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Orden EMT/228/2023, de 17 de octubre, de modificación de la Orden EMT/183/2023, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización del Programa de medidas activas de inserción para personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía y/o en riesgo o en situación de exclusión social (MAIS) (DOGC núm. 8960, de 18.7.2023) (DOGC de 19 de octubre de 2023). Texto completo.

ORDEN EMT/228/2023, DE 17 DE OCTUBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN EMT/183/2023, DE 14 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE MEDIDAS ACTIVAS DE INSERCIÓN PARA PERSONAS PERCEPTORAS DE LA RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA Y/O EN RIESGO O EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL (MAIS) (DOGC NÚM. 8960, DE 18.7.2023).

La Orden EMT/183/2023, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las entidades sin ánimo de lucro para la realización del Programa de medidas activas de inserción para personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía y/o en riesgo o en situación de exclusión social (MAIS), se publicó en el DOGC núm. 8960, de 18.7.2023.

El Programa de medidas activas de inserción para las personas destinatarias de la renta garantizada de ciudadanía y/o en riesgo o en situación de exclusión social (MAIS) está integrado en el Plan estratégico de subvenciones del Departamento de Empresa y Trabajo para el periodo 2022-2025, y contribuye a la mejora de la empleabilidad de las personas, en especial aquellas en situación de paro de larga duración, riesgo de exclusión, discapacidad, jóvenes y mujeres.

Visto que es necesario que los programas de medidas activas de inserción tengan una continuidad temporal con el fin de alcanzar los objetivos que se prevén con esas actuaciones;

Visto que ha habido un cambio sustancial en los requisitos que debe cumplir el personal técnico orientador del programa que no disponga de las titulaciones universitarias preferentes, con respecto a los años de experiencia laboral en el ámbito de la orientación y la inserción profesional;

Dado que la mencionada Orden EMT/183/2023, de 14 de julio, se publicó con posterioridad al inicio de las actuaciones, que se han empezado a ejecutar inmediatamente después de la finalización del plazo de ejecución que estableció la convocatoria del año 2022 y, por lo tanto, las entidades que las están llevando a cabo no conocían los nuevos requisitos en lo referente al personal orientador;

Dado el que establecen el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación ; y los preceptos declarados básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, general de subvenciones;

De conformidad con lo que prevé el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Dada la Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas;

Dada la Ley 26/2010 Vínculo a legislación, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

A propuesta de la Dirección General de Economía Social y Solidaria, el Tercer Sector y las Cooperativas; previo informe del Área Jurídica de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo, y en uso de las facultades que me son atribuidas de acuerdo con el artículo 12 Vínculo a legislación de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalitat de Catalunya,

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el título de la Orden EMT/183/2023, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las entidades sin ánimo de lucro para la realización del Programa de medidas activas de inserción para personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía y/o en riesgo o en situación de exclusión social (MAIS) (DOGC núm. 8960, de 18.7.2023), que queda redactado de la siguiente forma:

“Orden EMT/183/2023, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización del Programa de medidas activas de inserción para personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía y/o en riesgo o en situación de exclusión social (MAIS).”

Artículo 2

Se añade una nueva disposición transitoria, la tercera, a la Orden EMT/183/2023, de 14 de julio, con el siguiente redactado:

“Disposición transitoria tercera

”Excepcionalmente, para la convocatoria del ejercicio 2023, en el caso del personal técnico orientador del programa que no disponga de las titulaciones universitarias preferentes, la formación y la experiencia en el ámbito de la orientación y la inserción profesional serán suficientes, sin tener en cuenta los años mínimos establecidos en el anexo 3, Especificaciones técnicas para el desarrollo del Programa de medidas activas de inserción para personas perceptoras de la renta garantizada de ciudadanía (RGC) o en situación o en riesgo de exclusión social, de la presente Orden.

Esta disposición será de aplicación a la convocatoria del año 2023, siempre que no haya finalizado el trámite de presentación de solicitudes.”

Disposición final

La presente Orden entra en vigor al día siguiente que su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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