DECRETO 137/2023, DE 26 DE SEPTIEMBRE, DE TERCERA MODIFICACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO.
El 30 de enero de 2021 entró en vigor el Decreto 7/2021, de 19 de enero , por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, dando cumplimiento a lo establecido en la Disposición Final Primera del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre , del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos.
Posteriormente, el citado decreto ha sido modificado por el Decreto 167/2021, de 6 de julio, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo y el Decreto 84/2022, de 12 de julio, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo .
El 29 de diciembre de 2022 se publicó la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. La citada ley ha entrado en vigor el pasado 29 de marzo de 2023 afectando a los órganos que, actualmente, se encuentran adscritos o vinculados al Departamento de Trabajo y Empleo. Por ello, procede la modificación del Decreto 7/2021, de 19 de enero , por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo al objeto de su adecuación a lo regulado en la mencionada ley.
En su virtud, a propuesta de la Vicelehendakari Segunda y Consejera de Trabajo y Empleo, previa aprobación del Lehendakari, y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2023,
DISPONGO:
Artículo único.- Se modifica el apartado 3 del artículo 2 , del Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo, quedando redactado así:
“3.- Están, asimismo, adscritos o vinculados al Departamento de Trabajo y Empleo, en los términos que establecen sus normas de creación, los siguientes órganos:
a) Oficina Pública de Elecciones Sindicales y sus oficinas territoriales, creadas por Decreto 237/2000, de 28 de noviembre.
b) Mesa de Dialogo Social en la Comunidad Autónoma del País Vasco creada por el Decreto 3/2019, de 15 de enero.
c) Consejo Vasco para la Inclusión, regulado por la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
d) Comisión Interinstitucional para la Inclusión, regulada por la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
e) Órgano de evaluación, investigación e innovación en materia de inclusión, regulado por la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
f) Comisión Interinstitucional de la Obra Pública, creada por Decreto 74/2008, de 29 de abril”.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.