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TSJA

El TSJA confirma la pena de cuatro años de cárcel para un patrón de patera por "poner en peligro" a ocho migrantes

11/10/2023
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta a un ciudadano argelino al considerar "sobradamente" probado que era el "patrón" de una patera interceptada en julio de 2021 frente al litoral de Pulpí (Almería) y que durante la travesía puso en un "peligro cierto" a las ocho personas que viajaban a bordo.

ALMERÍA, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El alto tribunal andaluz desestima el recurso de apelación del acusado y ratifica en todos sus pronunciamientos la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería que le señalo como autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros en el subtipo agravado.

La sentencia, hecha pública este lunes, se recoge que el día 23 de julio de 2021, sobre las 08,00 horas, el Servicio Aéreo de la Guardia Civil localizó una embarcación rígida de fibra, de seis metros de eslora por dos metros de manga y con un motor fueraborda marca Suzuki de 90 CV, parada en el mar en la playa de 'Punta el Cañón', en San Juan de los Terreros.

Señala que la patera se encontraba a una distancia de dos metros de la tierra y precisa que, a bordo, estaban el acusado y un menor de edad que le ayudaba en la navegación. En total, fueron ocho personas, de nacionalidad argelina, las que desembarcaron en la costa almeriense.

El fallo indica que el acusado, una vez se percató de la presencia del helicóptero de la Guardia Civil, puso rumbo mar adentro, lo que dio paso a una persecución en la que hizo "caso omiso" de las advertencias que se le realizaban hasta que la patera fue interceptada en la zona de la Cala del Castillo.

El tribunal remarca que el acusado actuó en connivencia con otras personas no identificadas, que se encargó de las organización del viaje y el traslado a las costas españolas de los ocho inmigrantes "incumpliendo a sabiendas, la legislación vigente sobre la entrada de no nacionales en territorio español".

La procedencia de aplicar el subtipo agravado deriva, según recoge el fallo, de que el viaje "se inició y desarrolló en buena parte en horas nocturnas", en una embarcación "carente de toda medida de seguridad", tanto elementos de salvamento chalecos salvavidas, iluminación como de equipos de navegación, medios contraincendio y de achique y equipos de radiocomunicaciones, lo que se suma a que tenía "un tamaño insuficiente" para transportar a las personas que allí iban y la distancia a recorrer.

"Las vidas e integridad física de los viajeros que el acusado desembarcó en nuestro país se pusieron en concreto peligro", subraya al tiempo que alude el peligro derivado de la "alta volatilidad" de la "importante carga" de 175 litros de combustible o su "fuerza abrasiva en contacto con el agua".

Para el TSJA no cabe duda tampoco de que el recurrente era el encargado de patronear la embarcación dada la existencia de "grabaciones desde el aire" al timón de la nave y el cotejo de las imágenes con las realizadas una vez fue detenido por la Guardia Civil.

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