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Ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros

05/10/2023
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Resolución REU/3319/2023, de 29 de septiembre, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y el Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF), aprobadas mediante la Resolución REU/2047/2023, de 7 de junio (DOGC de 4 de octubre de 2023). Texto completo.

RESOLUCIÓN REU/3319/2023, DE 29 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE MOVILIDAD INTERNACIONAL PARA PROFESORADO UNIVERSITARIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE MEJORA E INNOVACIÓN EN LA FORMACIÓN DE MAESTROS Y EL PROGRAMA DE MEJORA DEL MÁSTER DE SECUNDARIA (MOB-MIF), APROBADAS MEDIANTE LA RESOLUCIÓN REU/2047/2023, DE 7 DE JUNIO.

La Resolución REU/2047/2023, de 7 de junio (DOGC núm. 8935 - 13.06.2023), aprueba las bases reguladoras de las ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y el Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF).

La Resolución REU/2200/2023, de 15 de junio (DOGC núm. 8942 - 22.06.2023), abre la convocatoria de las ayudas de movilidad internacional para profesorado universitario en el marco del Programa de mejora e innovación en la formación de maestros y el Programa de mejora del máster de secundaria (MOB-MIF 23) (ref. BDNS 704099).

Teniendo en cuenta los últimos cambios producidos en el Programa de mejora e innovación en la formación de maestros (MIF), se considera necesario modificar la composición de la comisión de evaluación y de la comisión de selección, previstas en las bases reguladoras, de acuerdo con lo que se especifica en esta resolución.

El artículo 11 Vínculo a legislación de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, del Gobierno de la Generalitat de Catalunya, dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como también su resolución. Estas facultades han sido delegadas en la Comisión Ejecutiva de Ayudas Universitarias o la persona que ocupe la presidencia, de conformidad con el acuerdo del Consejo de Dirección de 28 de abril de 2022 (Resolución REU/1421/2022, de 10 de mayo, DOGC núm. 8668, de 16.5.2022).

De acuerdo con las consideraciones anteriores,

Resuelvo:

1. Modificar los apartados 3 y 4 de la base 10 de la Resolución REU/2047/2023, de 7 de junio, que quedan redactados en los siguientes términos:

“10.3. La Comisión de evaluación está formada por un máximo de seis vocales”.

“10.4. Una vez evaluadas las solicitudes, la selección de candidatos y candidatas la realizará una comisión de selección, que tendrá en cuenta las bases generales de la AGAUR, las evaluaciones de la Comisión de Evaluación y la disponibilidad presupuestaria.

La Comisión de Selección será designada y nombrada por el presidente o presidenta de la CEAU y el director o directora general de Universidades, y está presidida por la persona que ocupa este cargo, o la persona en quien delegue esta tarea, y estará compuesta por un mínimo de dos vocales. Actuará como secretario o secretaria, con voz pero sin voto, el director ejecutivo o la directora ejecutiva de la AGAUR o la persona en quien delegue esta tarea. La Comisión fijará la nota de corte mínima para acceder a las ayudas.

La AGAUR debe velar por la paridad de género de la Comisión de Selección”.

2. Dar publicidad de esta modificación mediante su publicación en el DOGC.

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